Comunitat Valenciana

La jueza de la Dana emplaza a las partes a que se posicionen ante el TSJ sobre la imputación de Mazón

  • Pradas y Mompó hablando con Mazón a su llegada al Cecopi el día de la Dana
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VALÈNCIA. La jueza de la Dana ha propuesto a todas las partes persoandas en la causa judicial que investiga la gestión de la catástrofe que se posicionen sobre la exposición razonada que elevó al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) reclamando la imputación del que fuera president de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón. Un paso previo a que el alto tribunal valenciano se pronuncie sobre la declaración de investigado del exjefe del Consell.

Se trata de un trámite del procedimiento contemplado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y que obliga a dar voz tanto a la Fiscalía como al resto de partes personadas. Deberán comparecer en un plazo de diez días ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia para alegar "lo que a su derecho convenga", según consta en la diligencia de ordenación emitida por la letrada de la administración de justicia del juzgado de Catarroja.

De esta manera, tanto las acusaciones particulares y populares -hay cerca de 40 en total- como las defensas de los dos investigados, la del ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, y la exconsellera de Interior, Salomé Pradas, podrán exponer lo que consideren ante la sala del alto tribunal que más tarde ha de dirimir sobre la exposición razonada elevada por la magistrada, en la que considera que Mazón actuó con una "pasividad" negligente y que habría resultado en los 230 fallecimientos investigados.

El escrito de la magistrada considera que la negligencia de Mazón "se prolongó durante largas horas" mientras estaba en El Ventorro, "los fallecimientos se iban sucediendo de manera imparable, sin que se tomaran decisiones básicas, con una falta de coordinación en la Administración Autonómica presidida por el señor Mazón", al que le atribuye una posición de garante y una función de coordinación y dirección como jefe del Consell.

 

 

"Podía el Presidente, conforme a la normativa legal, dar órdenes e instrucciones y llevar a cabo tareas de coordinación ante la evidente parálisis en que tuvo lugar en la adopción de medidas de salvaguarda" tanto por parte de la Conselleria de Interior y el Cecopi, que dirigía la entonces consellera Pradas, según considera la magistrada, que añade a la "pasividad" y la falta de coordinación por su parte también una responsabilidad en la "minimización del riesgo" fruto de sus palabras en la única intervención que hizo aquel día, poco antes de las 12h.

 

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