VALENCIA (EP). La que fuera consellera de Justicia e Interior el 29 de octubre de 2024, Salomé Pradas, imputada en la causa en la que se investiga la gestión de la dana que dejó 230 víctimas mortales en la provincia de Valencia, ha comparecido este viernes en el Juzgado de Catarroja donde ha reconocido la autoría de las notas del borrador del ES-Alert y en el que ha pedido no someterse a la prueba caligráfica acordada por la magistrada instructora.
Así lo han indicado fuentes de la defensa de Pradas, cuyo abogado, Eduardo de Urbano, ha asistado a la exconsellera en la comparecencia. La ex responsable de Justicia e Interior ha reconocido la autoría del documento manuscrito que, en su día, aportó a la causa el subdirector de Emergencias, Jorge Suárez, en su declaración como testigo. Son la notas del borrador del ES-Alert, un aviso que acabó llegando a los móviles a las 20.11 del día de la dana.
Al haber realizado este reconocimiento en sede judicial, la defensa ha solicitado no realizar la pericial caligráfica, "siguiendo lo señalado por la Audiencia Provincial" en un auto del pasado mes de mayo.
La sala, en esa reolución, rechazó tanto el recurso de Pradas como el de su ex número dos, Emilio Argüeso, también investigado, contra la decisión de la magistrada de que realizara esa prueba caligráfica. El fiscal también pidió el rechazo de los recursos argumentando que el reconocimiento de los hechos no exime al instructor de comprobarlos y que la investigada "podría negar la autoría en un momento posterior".
La Audiencia argumentó en ese auto que no se discute la "relevancia del documento en cuestión", pero sí "la utilidad y necesidad de la prueba pericial caligráfica dirigida a comprobar la autoría". Sin embargo, el tribunal añadía que "desde este punto de vista, mientras no conste la declaración de la investigada con todas las garantías y ante el juez, reconociendo la autoría del documento, no puede afirmarse que la diligencia encaminada a comprobar este hecho sea inútil o superflua".
Y en esta línea, añadía que la instructora "podría haberle citado con este propósito, o la propia investigada pedir comparecer voluntariamente para reconocer el documento o, incluso, podrá manifestar lo que tenga por conveniente el día que se le cite para formar el cuerpo de escritura".
En todo caso, rechazó el recurso de Pradas y Argüeso porque las alegaciones "no desvirtúan los fundamentos" del auto de la jueza apelado, "pues efectivamente ni el escrito de alegaciones de su defensa, ni el acta notarial, son actuaciones de averiguación practicadas dentro del proceso, en los términos del artículo 299 Lecr., por lo que no pueden sustituir la labor investigadora del instructor".
"Decididos y autorizados"
Al respecto, la defensa de Pradas sostiene que Jorge Suárez manifestó que las notas manuscritas de este documento "se las llevó del Cecopi sobre las 19.45 horas, para la gestión del envío de los dos Es-Alert" y mantiene que este hecho "demuestra que a esa hora ya estaban decididos y autorizados por el Cecopi los textos de los dos ES-Alert, así como decidida la solicitud UME a toda la provincia".
La exconsellera, que ha reconocido en varias ocasiones la autoría del documento, recurrió la prueba, alegaba que su validez exigía su "consentimiento libre" y "voluntario" y presentó un documento notarial en el que reconocía la autoría de esas notas.
En ese documento se pueden leer varios puntos --cuatro--, de los que se desprenden frases como: "(...) que se evite el desplaza- prov Valencia"; aparece tachada la palabra "confina-" y se recoge "permanencia casas", con indicaciones de las comarcas de R Alta/Baixa/HSud/Hoya Buñol (Riberas Alta y Baja; Horta Sud y Hoya de Buñol); alejamiento cauces, entorno cauces y elevarse a (...) primera planta" más otra palabra tachada y la referencia a la movilización de la UME.