Comunitat Valenciana

Una sentencia avala que las vacaciones retribuidas y no disfrutadas en Sanidad cuenten para trienios y carrera profesional

Tras una demanda de CCOO

  • Hospital La Fe València.
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VALÈNCIA. La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios, FSS CCOO PV, ha ganado una demanda que reconoce que las vacaciones retribuidas y no disfrutadas cuenten como servicios prestados a efectos de trienios y complementos de carrera y desarrollo profesional, a una trabajadora de la Conselleria de Sanidad cuando era personal temporal.  

Una celadora del Departamento de Salud de La Fe tuvo diferentes contratos cortos cuando era personal temporal de sanidad y en cada periodo, las vacaciones se le pagaban pero no las disfrutaba, como es habitual. Este tiempo alcanza unos 21 días, que ahora, gracias a la sentencia se le reconocen como tiempo prestado a efectos de trienios y también, para el cobro de los complementos de carrera y desarrollo profesional. 

La Conselleria de Sanidad discrimina de facto al personal que realiza nombramientos de corta duración, ya que, además de impedir el disfrute de vacaciones junto con su correspondiente compensación económica, sustituye dicho derecho con tiempo efectivo de trabajo. Asimismo, se imponen las costas a la Administración y se le ordena tanto el recálculo como el abono de la antigüedad y de los complementos citados con los efectos económicos y administrativos correspondientes, incluyendo el pago de los intereses.  

Contra la resolución judicial cabe recurso pero este sindicato considera que la misma subraya con contundencia que la diferencia de trato, entre personal temporal y fijo, en el cómputo de las vacaciones retribuidas y no disfrutadas, es discriminatoria.

Desde el sindicato aseguran que esta sentencia "no solo sienta un precedente significativo para la trabajadora afectada, sino que marca un hito crucial para todo el personal temporal de la Conselleria de Sanidad". En definitiva, la victoria judicial de la FSS CCOO PV es "una rotunda afirmación de la igualdad de derechos, asegurando que el tiempo de servicio del personal interino sea valorado de forma justa y completa, con las repercusiones económicas y profesionales en el reconocimiento de trienios y complementos de carrera y desarrollo que ello conlleva".

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