Una sentencia reconoce el derecho de una enfermera a disfrutar del permiso parental que le había negado el CHGUV por "necesidades del servicio"

Comunitat Valenciana

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VALÈNCIA (VP). La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO PV ha ganado una demanda que reconoce el derecho a una enfermera del Consorcio Hospital General Universitario de Valencia (CHGUV) a disfrutar del permiso parental que la Dirección del centro le había denegado alegando, de forma genérica, "necesidades del servicio" y confluencia con el plan de vacaciones.

La trabajadora, que es enfermera en una unidad de hospitalización, había solicitado el disfrute del permiso parental no retribuido en tres periodos, permiso al que tiene derecho por tener un hijo menor de 8 años.

La sentencia concluye que la justificación que da el CHGUV no es suficiente para limitar un derecho de conciliación y recuerda que la Administración debe motivar de manera concreta cualquier denegación. Además, hace hincapié en que es precisamente en el periodo estival cuando más necesidad hay de ejercer los derechos de conciliación.

La resolución, que ya es firme, reconoce el derecho de la trabajadora a disfrutar del permiso parental en los periodos solicitados y obliga al CHGUV a respetarlo. También insiste en que el centro tiene mecanismos para poder cubrir a esta profesional porque, entre otras cosas, no es necesaria una especialidad concreta para trabajar en ese servicio.

En un comunicado, CCOO exige a la Dirección del CHGUV que respete los derechos de conciliación de toda la plantilla y deje de denegar estos permisos a su personal de manera injustificada. 

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