VALÈNCIA (EP). El Consell ha reasignado competencias en varias direcciones generales de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades con el fin de "conseguir una mayor eficacia en la gestión y garantizar un óptimo y efectivo ejercicio de las funciones atribuidas".
El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publica este lunes la modificación del mencionado Decreto 186/2025, de 5 de diciembre, por el cual establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las conselleries de la Generalitat. En concreto, los cambios se aplican a los artículos 109, 110, 111 y 112, y entrarán en vigor mañana.
La nueva redacción determina que "la Dirección General de Centros Docentes ejerce las funciones establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y las otras previstas en el ordenamiento jurídico, en materia de centros docentes, servicios educativos y la planificación educativa ordinaria en las enseñanzas no universitarias, a excepción de las enseñanzas artísticas superiores, sin perjuicio de aquellos ámbitos de gestión que se encomiendan a otros órganos directivos".
En cuanto a la Dirección General de Ordenación Educativa, se establece que se ocupa de la "materia de ordenación académica de las enseñanzas no universitarias y de gestión de las de régimen especial, a excepción de las artísticas superiores y de la Formación Profesional, el plurilingüismo y la internacionalización en el ámbito no universitario".
El artículo referente a la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa queda de esta manera: "La Dirección general de Innovación e Inclusión Educativa ejerce las funciones establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y las otras previstas en el ordenamiento jurídico, en materia de innovación e inclusión educativa, la propuesta de medidas, iniciativas y actuaciones para la mejora de la calidad de la educación y la evaluación general del sistema educativo en cuanto a las enseñanzas no universitarias, así como el análisis de sus resultados".
Finalmente, a la Dirección General de Formación Profesional se le encargan las competencias en materia de FP, en coordinación con los centros directivos y entidades que impartan enseñazas del Sistema de Formación Profesional de acuerdo con lo dispuesto en la Ley orgánica 3/2022, de ordenación e integración de la Formación Profesional, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros centros directivos de la Generalitat.