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El Consell reduce su participación en los consorcios de residuos de la provincia de Castellón y el norte de Valencia

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VALÈNCIA (EFE). El pleno del Consell ha aprobado una modificación de los estatutos de los consorcios de residuos correspondientes a la provincia de Castellón y norte de Valencia, que supone la reducción de la participación de la Generalitat en los mismos.

Los estatutos modificados corresponden a los consorcios de residuos C1, norte de la provincia de Castellón, y C3/V1, de la zona Palancia-Belcaire (sur de Castellón y norte de Valencia).

Por lo que respecta al C3/V1, la modificación estatutaria supone, junto a otras medidas, reducir la participación de la Generalitat del 20 % al 13 % aumentando la de las Diputaciones al 13 y 14 % respectivamente.

Otros aspectos a modificar son el traslado de la sede del consorcio a las actuales oficinas de la Diputación Provincial de Castellón, añadir a las atribuciones del presidente del Consorcio la de autorizar gastos y pagos por importe inferior al de los contratos menores.

Además, se incluyen otras como reducir el plazo para convocar las reuniones de los órganos de gobierno, que pasa de ocho a cuatro días; ampliando la convocatoria de urgencia, de 24 a 48 horas.

También se reduce la participación de la Generalitat al 13 %, tanto en su capacidad de voto como en su contribución a los gastos generales y a las inversiones en instalaciones subvencionadas por otras Administraciones. No así respecto a su contribución a las inversiones no subvencionadas, la cual se mantiene en el 20 %.

En el caso del consorcio de residuos que atiende la zona norte de la provincia de Castellón, la modificación de sus estatutos supone reducir la participación de la Generalitat del 25 al 19 % aumentando la de la Diputación al 21 %.

Además, trasladar la sede del consorcio, que pasa de situarse en el Ayuntamiento de Benicarló a situarse en la Diputación Provincial de Castellón. También se añade a las atribuciones del presidente del Consorcio la de autorizar gastos y pagos por importe inferior al de los contratos menores. Igualmente, la reducción del plazo para convocar las reuniones de los órganos de gobierno, que pasa de ocho a dos días.

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