VALÈNCIA (EFE) El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de València ha anulado las 44 multas de 750 euros cada una (33.000 euros en total) impuestas por el Ayuntamiento de València a la empresa estadounidense Lime por operar con sus patinetes eléctricos de alquiler en la ciudad.
En estas sanciones, impuestas la gran mayoría el 23 de noviembre de 2018, el Ayuntamiento denunciaba supuestas infracciones de la ordenanza de Ocupación del Dominio Público Municipal, aunque el juez en esta sentencia considera que "la ordenanza aplicable no regula la actividad de arriendo de patinetes eléctricos" y, en consecuencia, anula las sanciones por falta de tipicidad.
En su recurso a las sanciones, la firma estadounidense alegó que el Ayuntamiento había vulnerado el principio de tipicidad y el de culpabilidad y que, en cualquier caso, se habría cometido una sola sanción.
El juez expone que Lime inició una actividad de arrendamiento de patinetes en València en verano de 2018 "sin pedir autorización para la ocupación del dominio público" y que a finales del verano la Policía Local requisó 44 de estos patinetes.
Tras esto, se incoaron 44 expedientes sancionadores, uno por cada uno de los patinetes requisados, que acabó con la imposición de otras tantas multas.
La firma Lime abonó en octubre 5.092,50 euros para poder retirar 83 patinetes que se encontraban en el depósito municipal tras haber sido retirados por la Policía Local.
El juez considera que "la ordenanza aplicable no regula la actividad de arriendo de patinetes eléctricos ni la forma en la que se ha de obtener un título habilitante para poder desarrollar esta actividad económica".
Además, menciona la ordenanza de movilidad aprobada el 25 de abril de 2019, en cuya exposición de motivos se menciona la falta de regulación del uso de patinetes, según detalla el juez en su sentencia.
Por tanto, considera el magistrado "sólo puede haber un título habilitante en relación a las actividades previstas en la ordenanza y, como en cualquier sistema sancionador, administrativo o penal, la norma que define una infracción, no puede ser interpretada de forma extensiva el perjuicio del infractor".
En definitiva, el juez considera que ha de prosperar la primera de las alegaciones formulada por la empresa, es decir, la falta de tipicidad de los hechos que dieron pie a la imposición de sanciones.
En consecuencia, se anulan las sanciones y se condena al Ayuntamiento a abonar las cosas procesales, en una sentencia contra la que no cabe recurso alguno.
Valencia Plaza
Un juez anula las multas que impuso el Ayuntamiento a la empresa de patinetes Lime
Últimas Noticias
-
1El Papa León XIV envía tres camiones con ayuda humanitaria a Ucrania
-
2Banco Sabadell reparte 370 millones de euros este lunes entre sus accionistas
-
3Familiares de los valencianos desaparecidos en Indonesia ruegan "mantener vigente el esfuerzo hasta encontrarlos"
-
4Hacienda recauda 7.364 millones de euros más hasta noviembre por subidas de impuestos introducidas este año
-
5La niña rescatada en el naufragio de Indonesia viajará a Valencia en los próximos días
Suscríbete nuestro newsletter
Siempre al día de las últimas noticias
- Un juez anula las multas que impuso el Ayuntamiento a la empresa de patinetes Lime · Valencia Plaza
-
- 15 aniversario VP
- València
- Tierra de Empresas
- Opinión
- Plaza Comarcas
- Culturplaza
- Guía Hedonista
- 5 Barricas
- Revista Plaza
- Plaza Deportiva
- Plaza Motor
- Plaza Podcast
- Quiénes somos
- Publicidad
- Contacto
- Acceso accionistas
- Aviso legal
- Política de privacidad
- Cookies