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la decisión avala las subvenciones directas a la patronal y sindicatos más representativos

El Supremo desestima el recurso de los sindicatos minoritarios contra la Ley de Participación Institucional

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VALÈNCIA. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha decidido no admitir a trámite el recurso de casación que los sindicatos C-SIF, SI, Intersindical Valenciana y USO-CV interpusieron contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV), con lo que se desestima la pretensión de estos de dejar sin efecto el Reglamento de la Ley de Participación y Colaboración Institucional de las Organizaciones Sindicales y Empresariales Representativas en la Comunitat.

Según ha informado UGT-PV en un comunicado, en esta misma Providencia se condena, también, a los sindicatos recurrentes a asumir las costas procesales por todos los conceptos.

Los recurrentes aspiraban a tumbar el reglamento de esta ley que garantiza las subvenciones directas a los sindicatos más representativos (UGT-PV y CCOO-PV) y a la patronal autonómica CEV, previa justificación de su participación en los órganos de representación institucional.

UGT-PV valora "positivamente este pronunciamiento", porque viene a confirmar su "apuesta por la labor institucional del sindicato en favor de la sociedad valenciana y su reconocimiento, tanto legal como social".

A los sindicatos recurrentes aún les resta, no obstante, la vía del Tribunal Constitucional. Los cuatro sindicatos han recurrido al Tribunal Constitucional el reglamento de esta ley autonómica porque el Tribunal Supremo ya les dio la razón al anular dos artículos del decreto que desarrolla el reglamento de la LPI, aprobado hace poco más de un año. Con el recurso al TC, presentado el pasado 14 de septiembre y pendiente de admisión, tratan de tumbar el reglamento en su conjunto.

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