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El TSJCV ordena la primera devolución de IRPF de la prestación por maternidad

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VALÈNCIA (EFE). El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha dictado la primera sentencia autonómica que estima el recurso de una contribuyente que solicitaba la devolución del IRPF correspondiente a la prestación por maternidad.

Según consta en la sentencia, facilitada por el despacho Leopoldo Pons encargado de la dirección letrada de este litigio-, la demandante obtendrá 1.540,89 euros (más intereses) al considerarse exenta de tributación la prestación por maternidad que recibió en su día.

La Abogacía del Estado se avino a las pretensiones de la contribuyente a la vista de la doctrina legal establecida por la sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en su sentencia del 3 de octubre.

Según ese fallo del Alto Tribunal, "las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)".

El citado despacho explica que este caso fue declarado como "procedimiento testigo" por el TSJCV, lo que quiere decir que ante el gran volumen de reclamaciones recibidas, este Tribunal suspendió todos los procedimientos idénticos presentados (alrededor de un centenar, señalan las mismas fuentes) salvo uno, que ahora se ha resuelto de forma estimatoria para la contribuyente.

Contra esta sentencia cabe la presentación de un recurso de casación ante la sala tercera del Tribunal Supremo.

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