VALÈNCIA. El PP ha introducido una modificación en el proyecto de Ley de Medidas Fiscales con la que limita el alcance de los informes de paisaje y territorio en la tramitación de plantas fotovoltaicas y de otras instalaciones de generación renovable. La enmienda, aprobada en Les Corts, reduce los supuestos en los que estos departamentos podrán emitir informes desfavorables y, al mismo tiempo, simplifica el procedimiento para autorizar sistemas de almacenamiento energético asociados a parques solares.
La iniciativa modifica la normativa autonómica para introducir la figura de las actuaciones declaradas de prioridad energética, un instrumento con el que el Consell podrá otorgar un tratamiento preferente a determinados proyectos o ámbitos territoriales vinculados a la implantación de instalaciones de producción de energía renovable y de almacenamiento.
Uno de los principales cambios afecta al papel de los informes de ordenación del territorio y paisaje durante la tramitación de estos proyectos. La enmienda establece que, antes de que una actuación sea declarada de prioridad energética, dichos informes deberán limitarse a analizar únicamente cuatro aspectos: la existencia de riesgos naturales o inducidos, la afección a corredores territoriales de la Estrategia Territorial Valenciana, la incidencia sobre paisajes de relevancia regional y la posible afectación a unidades de paisaje de valor alto o muy alto.
Además, el texto precisa que la mera ubicación de una instalación dentro de alguno de esos ámbitos no podrá justificar por sí sola un informe desfavorable. Para oponerse a un proyecto, los órganos competentes deberán acreditar que la actuación provoca una afección grave, relevante e insubsanable, restringiendo así el margen de estos departamentos para bloquear la implantación de nuevas plantas por criterios exclusivamente paisajísticos o territoriales.
La declaración de prioridad energética deberá fundamentarse en razones de seguridad energética, reindustrialización o dinamización del medio rural y podrá ser promovida por las consellerias competentes en materia de energía, industria o desarrollo rural. Una vez obtenida, los proyectos se tramitarán por la vía de urgencia y los informes posteriores de territorio, urbanismo o paisaje no podrán cuestionar la compatibilidad territorial ya declarada, limitándose, en su caso, a establecer condiciones o medidas correctoras.
Simplificación para el almacenamiento energético
La enmienda también incorpora una simplificación administrativa para acelerar la incorporación de sistemas de almacenamiento electroquímico en instalaciones renovables ya autorizadas.
En concreto, cuando el almacenamiento se implante de forma hibridada con una planta de generación existente y el promotor acredite que cumple las condiciones recogidas en los informes emitidos durante la tramitación inicial, no será necesario volver a solicitar consultas a las administraciones y organismos que ya participaron en ese procedimiento.
Con esta modificación, el Consell pretende reducir los tiempos de tramitación de este tipo de instalaciones, consideradas clave para mejorar la integración de las energías renovables en el sistema eléctrico, al tiempo que rebaja la carga administrativa de proyectos que ya han superado buena parte de los controles sectoriales previstos en la normativa.