VALÈNCIA. Heredar una empresa o una exlotación agraria de tu tío abuelo saldrá más económico a partir de este año. Y es que las empresas familiares, agrícolas y holdings de la Comunitat Valenciana podrán beneficiarse de una rebaja fiscal significativa en lo que respecta a Sucesiones y Donaciones, tal y como consta en la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos publicada este lunes, que recoge varias novedades fiscales.
En concreto, el Consell ha ampliado la bonificación del 99% hasta el cuarto grado de parentesco (primos hermanos y tíos abuelos), extendiéndose además a todos los herederos cuando el fundador esté jubilado. Esto aplica a mercantiles familiares, incluidas las agrícolas, negocios profesionales y participaciones en sociedades holding.
"Era una medida que nos habían planteado principalmente desde la empresa familiar. Más del 90 % de las empresas de la Comunitat Valenciana son familiares y era de justicia escucharlos y plantear medidas que garanticen que este tipo de negocios puedan continuar", explicó el conseller de Economía, Hacienda y Administación Pública, José Antonio Rovira, en la presentación de las novedades de la Ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat, conocida comúnmente como Ley de Acompañamiento.
En 2026 se aplica la bonificación del 25% entre hermanos y sobrinos, mientras que será el 1 de junio de 2027 cuando se hará efectiva la rebaja del 25% al 50% en esos grados de parentesco.
Rovira recordó que ya se ha bonificado el impuesto de Sucesiones y Donaciones al 99% entre hijos, cónyuges y padres. También se ha reducido el tipo del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales del 10% al 9%, y el tipo superreducido para jóvenes menores de 35 años que compran su vivienda habitual ha bajado del 8% al 6% y en Actos Jurídicos Documentados se ha bajado el tipo general del 1,5 al 1,4%.
Según se explica en el documento de la Ley de Acompañamiento, la revisión amplía del régimen de reducciones aplicables a la transmisión de empresas individuales, negocios profesionales, participaciones en entidades y empresas agrícolas, "acomodando la normativa autonómica a la normativa estatal y precisando los requisitos de ejercicio de la actividad, participación, funciones de dirección, mantenimiento de la adquisición y regularización en caso de incumplimiento".
En ese sentido, el documento señala que esta modificación busca favorecer la continuidad de las actividades económicas, preservar el tejido empresarial y profesional de la Comunitat Valenciana y evitar que la transmisión generacional de empresas viables quede condicionada por cargas fiscales que dificulten su mantenimiento.
"Se amplía el ámbito subjetivo de determinados beneficios fiscales vinculados a la continuidad de la empresa familiar, incorporando a los parientes colaterales hasta el cuarto grado en los supuestos previstos y flexibilizando los requisitos de aplicación en los casos de jubilación o de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez del causante o donante", reza el documento.
Por otro lado, en el ámbito de las donaciones se simplifican las formalidades documentales, eliminando la obligatoriedad de escritura pública para donaciones inferiores a 4.000 euros cuando se utilice firma digital "siempre que así lo permita la naturaleza del negocio jurídico, y clarificando la normativa relativa a la justificación del origen de los fondos en metálico o depósitos".