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La CNC investiga a cuatro terminales por posibles conductas anticompetitivas en el puerto de Valencia

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VALENCIA (EP). La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha ampliado la investigación por "posibles conductas anticompetitivas" en el sector del transporte de contenedores por carretera con origen o destino en el puerto de Valencia, iniciada en junio de 2011, a las terminales de depósitos TCV Stevedoring Company, Marítima Valenciana y su sucesora, Noatum Ports Valenciana, y Mediterranean Shipping Company Terminal Valencia.

Según ha informado este lunes la CNC en un comunicado, su Dirección de Investigación incoó el 14 de junio de 2011 el expediente sancionador S/0314/10 por la supuesta fijación de precios y de condiciones comerciales o de servicio en el reparto de mercado y en la limitación o el control de la producción.

Inicialmente, emprendió esas actuaciones contra la Asociación de Empresas de Logística y Transporte de Contenedores, la Asociación de Empresas, Autónomos, Cooperativas y Cooperativistas del Transporte de Mercancías por Contenedor de los Puertos de la Comunidad Valenciana, la Autoridad Portuaria de Valencia, la Asociación Naviera Valenciana, la Asociación de Transitarios, Expedidores Internacionales y Asimilados OLT, la Asociación de Transportistas de Contenedores Valencianos y la Conselleria de Infraestructuras y Transporte.

No obstante, en la instrucción de ese expediente, la Dirección de Investigación de la CNC tuvo acceso a "determinados documentos de los que puede deducirse la existencia de indicios racionales" de una "infracción" cometida supuestamente por esas terminales, consistente en "una fijación de precios, al haber participado en acuerdos sobre las indemnizaciones a los transportistas por la demora en las operaciones de carga y descarga realizadas en esas terminales".

Por este motivo, la CNC estima que procede ampliar la incoación del expediente original a estas nuevas entidades.

Según las mismas fuentes, esa ampliación "no prejuzga el resultado final de la investigación" y, además, se mantiene vigente el período máximo de 18 meses desde la fecha de la incoación inicial para la instrucción y resolución de este expediente por la CNC.

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