MADRID (EFE). El fracaso de la opa del BBVA sobre el Sabadell por el rechazo de los accionistas de la entidad catalana invita a repensar hasta tres regulaciones distintas, para aclarar el papel del Gobierno en este tipo de operaciones y eliminar también algunas ambigüedades de la normativa de opas.
Desde que se anunció la oferta en mayo de 2024, el Gobierno dejó claro que si la operación cristalizaba la última palabra sobre una eventual fusión correspondía al Ministerio de Economía, gracias a la ley de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
La primera reflexión es si tiene sentido que el Ejecutivo tenga esa potestad. España debe trasponer en los próximos meses una directiva europea que amenaza ese poder del Gobierno y refuerza el papel del Banco de España y el Banco Central Europeo (BCE).
Pero la opa fallida del BBVA al Sabadell sirvió también para cuestionar el papel del Gobierno en los casos en los que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) profundiza en el análisis de una operación, es decir, no da su visto bueno en una primera fase como suele ser habitual, sino que alarga su estudio.
En esos supuestos, el Ministerio de Economía puede elevar la decisión al Consejo de Ministros cuando, en segunda fase, la CNMC haya resuelto prohibir la concentración o subordinar su autorización al cumplimiento de determinados compromisos o condiciones, como sucedió con el BBVA y el Sabadell.
La Ley de Defensa de la Competencia, de 2007, recoge la posibilidad de que el Gobierno pueda valorar las concentraciones económicas atendiendo a criterios de interés general distintos de la defensa de la competencia.
Sin embargo, en este punto también surgieron dudas sobre las competencias del Gobierno.
La presidenta de la CNMC, Cani Fernández, dijo que el espíritu de la norma iba dirigido a que el Gobierno pudiera aprobar "por interés general" una operación que Competencia no hubiera autorizado, como la fusión de dos empresas de defensa que creara un monopolio en medio de una guerra .
Pero la norma no aclara si el Gobierno puede endurecer las condiciones e imponer nuevos compromisos, algo que distintos expertos en Competencia consultados por EFE coinciden en que debería aclararse, ya sea a iniciativa del Ejecutivo, o porque el Tribunal Supremo, al que recurrió el BBVA, acabe sentando jurisprudencia.
Este fue uno de los aspectos más controvertidos porque la ley dio alas al Gobierno para imponer la condición de que si la opa prosperaba el BBVA tendría que mantener al Sabadell como una entidad independiente al menos tres años, que podrían llegar a ser cinco.
Por este motivo, la Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción a España, pues cuestionaba cómo aplicó el Gobierno la Ley de Defensa de la Competencia para imponer condiciones adicionales.
Y, por último, la oferta fallida de compra del BBVA al Sabadell planteó la duda de si hay que "afinar" la propia normativa de opas.
El presidente del BBVA, Carlos Torres, dijo que, a la vista de la experiencia, la normativa "necesita un refresco", pues algunos artículos no son "suficientemente claros", están sujetos a interpretaciones y tienen ambigüedades.
En España las opas están reguladas por el Real Decreto sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores, que entró en vigor en agosto de 2007.
El presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Carlos San Basilio, consideró que la opa del BBVA al Sabadell ha dejado al descubierto errores de redacción, inconcreciones y contradicciones en el decreto de opas que tienen detectados y trasladarán al Ministerio de Economía.