ELCHE. Los 2.300 pares de zapatos intervenidos este viernes en una nave del Polígono Industrial de Carrús ya no están en circulación, ni tampoco en una dependencia judicial. Desde el mismo día de la incautación permanecen bajo custodia y precinto en unas instalaciones de Pikolinos en Elche, convertidas ahora, de forma provisional, en depósito judicial de una de las actuaciones más rápidas que se recuerdan en la memoria reciente en materia de diseño industrial en el sector del calzado local. Como ya ha contado este medio, detrás de la operación hay un auto dictado por el Tribunal de Instancia de Alicante, en su condición de Tribunal de Marca y Diseño de la Unión Europea, que acordó medidas cautelares a petición de Pikolinos por la presunta copia de uno de sus modelos registrados. La resolución se emitió el 13 de mayo, apenas una semana después de que la compañía presentara la solicitud.
El diseño protegido es un modelo comercial para hombre, -Cambil M5N-6247C1- inscrito como Diseño de la Unión Europea Registrado desde 2023. Según el informe pericial al que ha tenido acceso este diario, el modelo investigado reproducía los elementos esenciales del zapato original, desde las piezas del empeine hasta el patrón de costuras, el sistema de cierre mediante cinco tiras elásticas, la suela bicolor o la horma ancha con punta redondeada. El análisis también detalla coincidencias en el collarín acolchado y el forro interior. Las únicas diferencias apreciadas fueron el grabado de la palabra 'Casual' y otra marca en la plantilla. Para el tribunal, esos cambios no alteraban la impresión general del producto.
La rapidez del procedimiento es uno de los elementos que más llaman la atención en esta actuación. Y es que, el tribunal acordó las medidas sin escuchar previamente a la parte demandada, una fórmula jurídica conocida como inaudita altera parte. El motivo, según recoge el auto, era evitar que el stock pudiera desaparecer antes de ejecutar la medida. La resolución también alude al carácter estacional del producto, vinculado a la campaña de otoño e invierno.
Con esa decisión ya acordada, la operación se llevaba a cabo el pasado viernes, 15 de mayo. En este caso, el auto habilitó al procurador de Pikolinos para actuar como comisionado judicial en el inventario y depósito del material, una figura poco habitual en este tipo de diligencias. La actuación, asimismo, ha contado con apoyo policial para garantizar el acceso a las instalaciones y asegurar el desarrollo de la intervención. Según la misma diligencia, la Policía Local de Elche acompañó a la comisión judicial durante la entrada en los inmuebles señalados, veló por la seguridad de los participantes y supervisó la protección del precinto colocado sobre la mercancía. Entre los intervinientes figuraban el procurador, el letrado, un técnico de Pikolinos y un intérprete.
"Congelados" hasta que se resuelva el litigio
Así, la incautación no supone todavía ni destrucción ni decomiso definitivo. Los zapatos quedan "congelados" jurídicamente hasta que se resuelva el litigio o la eventual oposición a las medidas cautelares. De hecho, el auto recuerda que la empresa afectada dispone de un plazo de veinte días para oponerse y solicitar el levantamiento de las medidas, conforme a lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Hasta entonces, los pares intervenidos permanecerán custodiados en las instalaciones de Pikolinos. El tribunal optó por esta fórmula porque carece de espacio propio para almacenar un volumen de mercancía de estas características y porque la compañía reúne las condiciones técnicas para conservar el material. El representante legal de la empresa actúa ahora como depositario judicial, con obligación de mantener intactos los bienes mientras dure el procedimiento. Eso implica que los zapatos deben conservarse exactamente en el mismo estado en que fueron depositados. Si las medidas cautelares acabaran revocándose, el material tendría que devolverse íntegramente.
Por otra parte, el auto también obliga a la empresa investigada a entregar en cinco días un inventario detallado y el listado de operadores a los que distribuyó el producto, además de acreditar la retirada de publicidad digital y comunicar a mayoristas la necesidad de recuperar el stock. La resolución exige, igualmente, identificar posibles almacenes adicionales donde pudiera existir mercancía relacionada.
Además, otro de los aspectos que recoge la resolución es el sistema de multas previsto para asegurar el cumplimiento de las medidas. El tribunal fijó una sanción coercitiva de 938,24 euros diarios en caso de incumplimiento, cantidad calculada sobre el beneficio estimado de las ventas y que aumentaría progresivamente si persistiera la comercialización del producto.
Fuentes cercanas a Pikolinos encuadran la actuación dentro de la política de defensa de sus diseños y de su identidad de marca. Mientras tanto, los pares intervenidos seguirán bajo precinto, almacenados y etiquetados, pendientes de lo que ocurra en las próximas semanas en los juzgados. Asimismo, la resolución también ha tenido repercusión entre profesionales del sector, donde este tipo de medidas cautelares se interpreta como un refuerzo de las herramientas de protección de los derechos sobre diseños registrados. En este caso, aseguran que el auto ha sido celebrado por las industrias de diseño y por los profesionales del Derecho, para los que la vía penal se había mostrado insuficiente para la lucha contra la violación de derechos de propiedad intelectual.
