VALÈNCIA (EP). El Juzgado de lo Social número 11 de València reconoce el derecho de los trabajadores de la empresa Especializada y Primaria l'Horta Manises S.A. a cobrar durante su periodo vacacional el promedio del importe de las guardias realizadas durante el año anterior.
Así se desprende de la sentencia, facilitada por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato que presentó la demanda contra la empresa que gestiona el departamento de salud de Manises.
El sindicato ha explicado en un comunicado que presentó demanda de conflicto colectivo a fin de que se declarase contraria a derecho la práctica de la empresa de no abonar a los trabajadores que hacen guardias, durante el periodo de disfrute de vacaciones, el importe correspondiente al promedio de las citadas guardias.
Esto, según CSIF, afectaba a todo el personal de la empresa que prestaba el servicio de guardias, cualquiera que fuera su categoría profesional, y tanto si eran guardias presenciales como si no.
El sindicato ha subrayado que la sentencia recopila en sus fundamentos de derecho artículos del Estatuto de los Trabajadores, del Convenio de la Organización Internacional del Trabajo o precedentes de fallos del Tribunal Supremo. Tras ello indica que conforme a lo resuelto en estas sentencias, la demanda debe de ser estimada.
Este dictamen, ha agregado, especifica que las guardias suponen "una actuación normal y ordinaria toda vez que el llevarlas a cabo es algo que se encuentra programado previamente y constituye una obligación para todos los profesionales". De esto modo, recalca que "tienen derecho a que les sea abonado en las retribuciones correspondientes al periodo de vacaciones el promedio de las guardias realizadas durante el año anterior". CSIF insta a la empresa Especializada y Primaria l'Horta Manises S.A. a cumplir "de inmediato" el fallo judicial.
Valencia Plaza
Un juzgado reconoce el derecho del personal del departamento de Manises a cobrar guardias en vacaciones
- Foto: CSIF
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