Valencia Plaza

El gobierno obliga a las distribuidoras a aplicar un descuento en la factura si superan el plazo

Las eléctricas tendrán dos meses para compensar excedentes de nuevas instalaciones fotovoltaicas

Suscríbe al canal de whatsapp

Suscríbete al canal de Whatsapp

Siempre al día de las últimas noticias

Suscríbe nuestro newsletter

Suscríbete nuestro newsletter

Siempre al día de las últimas noticias

VALÈNCIA. El imparable aumento en el coste de la energía eléctrica ha disparado la demanda de renovables. Durante los últimos meses, miles particulares y empresas han acometido importantes inversiones en instalaciones de autoconsumo con la expectativa de reducir su dependencia del sistema eléctrico y, por ende, el importe de su consumo eléctrico.

Uno de los incentivos para realizar esas inversiones, además de las ayudas públicas, es la posibilidad de obtener un descuento adicional en la factura por volcar a la red eléctrica el sobrante de energía producida en esas instalaciones fotovoltaicas. Para ello, los autoconsumidores individuales o colectivos deben conectar su instalación a la red y darla de alta en la modalidad de autoconsumo con compensación de excedentes.

Desde el momento en que la instalación fotovoltaica empieza a funcionar, particulares y empresas acogidos a la modalidad de autoconsumo con compensación de excedentes comienzan a devolver a la red su sobrante de energía no consumida. Sin embargo, en la actualidad transcurren varios meses hasta que la compañía eléctrica modifica su contrato para pasar a la modalidad de autoconsumo. Durante esos meses no reciben ninguna compensación en la factura, pero la distribuidora eléctrica sí utiliza la energía que le sobra a pesar de que no se la remunera.

Ese plazo depende tanto del tiempo que la administración tarda en dar de alta la instalación en el registro y comunicárselo a la distribuidora, de que la distribuidora se dé por enterada y realice un cambio necesario en el contador y de que la comercializadora, que es la que tiene que aplicar la compensación en la factura al usuario, aplique el correspondiente descuento por excedentes.

El retraso varía entre comunidades autónomas. En el caso de la Comunitat Valenciana, lo habitual son tres meses y medio, pero en otras como Cataluña, donde el mercado está copado por Endesa, el plazo medio alcanza los seis meses. Durante ese tiempo, la distribuidora se beneficia doblemente, porque recibe energía de las instalaciones de autoconsumo particulares sin pagar nada por ella y se la provee a otro cliente facturándosela a un precio siempre superior al que hubiera pagado por la compensación e incluyendo los costes de distribución y transporte pese a distribuirla en baja tensión.

Pero esa anomalía debería tener los días contados. El Real Decreto Ley 14/2022 del pasado 1 de agosto, en el que el Gobierno introdujo medidas de ahorro como la del límite de temperatura en locales públicos o el apagado de escaparates, también realizó modificaciones de leyes anteriores para regular el autoconsumo que han pasado desapercibidas.

En concreto, desde la entrada en vigor de este decreto, la compensación de excedentes a los autoconsumidores eléctricos debe hacerse efectiva en un plazo máximo de dos meses. Desde que cada administración autonómica, que es la que tiene las competencias en materia de Industria, comunica a la distribuidora el alta de la nueva instalación y la comercializadora realiza la nueva facturación con compensación de los sobrantes ya no podrán pasar más de esos dos meses.

Cualquier retraso en ese plazo "sin causa imputable al consumidor ni a la administración competente en materia de energía" supondrá el descuento automático en la factura por parte de la comercializadora en concepto de "descuento por retardo en activación de autoconsumo".

Esa compensación, según el cambio introducido en el decreto energético de agosto, será asumido por la compañía distribuidora o por la comercializadora. El derecho a descuento se configura como un mecanismo similar al de compensación de excedentes y tiene en cuenta que los excedentes que no están siendo compensados están contribuyendo a una reducción de las pérdidas contabilizadas en la correspondiente red de distribución.

 

En relació al que ens demanaves l'altre dia sobre la compensació d'excedents d'energia generada amb les plaques fotovoltaiques, sàpigues que la normativa ha canviat amb el RDL 14-2022. No és un canvi només de Catalunya. A partir d'ara, i sempre que parlem de la tipologia d'autoconsum amb compensació d'excedents (hi ha altres tipologies), la companyia distribuïdora passa a tenir uns terminis determinats per a que s'efectuï la compensació dels excedents des de la data en què l'administració comunica a aquesta que la instal·lació és correcta i que s'ha inscrit al Registre d'Autoconsum de Catalunya.

Amb els canvis introduïts al DL 24/2021 a Catalunya totes les instal·lacions d'autoconsum amb compensació d'excedents tarden 1 mes com a màxim en tenir el nou contracte d'accés a la xarxa. Des d'aquella data és la teva comercialitzadora que et paga o no els teus excedents. En cas que presti aquest servei (no està obligada) als cinc dies ja t'aplicarà la compensació. De fet, només les comercialitzadores de referència estan obligades a pagar els excedents, la resta és un servei que poden prestar o no. Cal pensar que si no t'agrada el servei que et donen pots canviar de comercialitzadora. N'hi ha més de 600 i moltes fins i tot fan un servei de compensació amb bateria virtual. Canviar de comercialitzadora suposa 15 minuts i es fa tot on-line sense necessitar res de la comercialitzadora que deixes i tampoc cal fer cap avis ni notificació.

Dit això, amb el RDL 14-2022 s'estableix que al cap de tres mesos des de la legalització per part de la DGE, si no se't compensa tens dret a una compensació estipulada per cada KWh excedent i sempre tenint present que el còmput total mensual màxim serà de 0 € per al cost de la part d'energia. Aquesta compensació la farà l'empresa distribuïdora que a l'hora ho podrà repercutir a la teva comercialitzadora. 

Hi ha incidències ? Doncs sí. Els autoconsums legalitzats abans de l'aprovació del DL 24/2021 tarden de mitjana 6 mesos.

Altres incidències: El titular no legalitza la instal·lació. En aquest cas MAI compensarà els excedents . Això malauradament no és una anècdota tot i que la legalització és on-line i per declaració responsable conforme el teu instal.lador certifica que es dóna compliment al reglament electrotècnic de baixa tensió.

Recibe toda la actualidad
Valencia Plaza

Recibe toda la actualidad de Valencia Plaza en tu correo

Un ensayo clínico de Incliva evalúa la eficacia del PRM-151 en la Fibrosis Pulmonar Idiopática (FPI)
Las cotizadas renovables, protagonistas de una sesión bursátil donde el Ibex 35 acabó subiendo