MADRID (EFE). El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un decreto ley que buscar mejorar la protección de trabajadores ante acontecimientos catastróficos como la dana y de las familias por motivo de enfermedades graves de hijos, menopausia, violencia de género, viudedad o terrorismo.
La portavoz del Gobierno y ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha asegurado que con este paquete de medidas se busca "ampliar derechos, reforzar la protección de las familias y dar respuesta a situaciones que necesitaban de una cobertura más adecuada".
"Todas estas medidas, que vienen de meses de trabajo en el diálogo social tras escucha activa a diferentes asociaciones, responden a la convicción de que la Seguridad Social debe estar preparada para proteger a las personas cuando más lo necesitan", ha dejado claro Saiz.
En concreto, se crean dos nuevas situaciones especiales de incapacidad temporal, por un lado para las mujeres que sufren patologías incapacitantes asociadas a la menopausia y para víctimas de violencia de género, cuyas lesiones les impidan trabajar.
Se trata de una prestación superior a la de incapacidad temporal por contingencia común, ya que se percibirá desde el día siguiente a la baja y no tendrá periodo de carencia, en tanto que se calculará con el 60 % de la base reguladora hasta el día 20 de la baja y del 75 % a partir de entonces.
"Es una medida que protege a un parte importante de la fuerza laboral del país, con 10 millones de mujeres trabajadoras, con la que damos respuesta a situaciones que estaban invisibilizadas, así como a brechas que llevaban padeciendo las mujeres desde siempre", ha subrayado la ministra.
El segundo supuesto especial de incapacidad temporal que incorpora la norma pretende mejorar la cobertura de esta prestación para las autónomos y asalariados afectadas por acontecimientos catastróficos, como la dana, permitiendo reforzar su protección social y la de sus familias.
Esta incapacidad temporal asimilará la situación de baja a una derivada de accidente de trabajo, lo que suponen mayores cuantías y desde el primer momento, algo que ya se ha aplicado con anterioridad en otras catástrofes, pero que a partir de ahora no requerirá de esa "excepcionalidad".
Se mejorará, además, la prestación para padres y madres por cuidado de menores con cáncer o enfermedades graves (CUME), de forma que los dos progenitores podrán recibirla de forma alternativa o simultánea.
En casos de mayor vulnerabilidad, podrá mantenerse más allá de los 26 años cuando la persona afectada presente una dependencia de grado III o una discapacidad especialmente elevada.
Viudedad para parejas de hecho no inscritas
La norma aprobada hoy también facilita el acceso a la pensión de viudedad para las parejas de hecho con hijos en común que acrediten dos años de convivencia, aunque no estén inscritas en el registro de parejas de hecho.
Además, se abre "una ventana temporal de un año para que los potenciales beneficiarios de esta medida por fallecimientos pasados puedan acceder a la misma si previamente la hubieran reclamado", ha añadido.
Además, se amplía la prestación económica por orfandad cuando el fallecimiento de la madre se hubiera producido por violencia contra la mujer, por un importe equivalente al doble del salario mínimo interprofesional (SMI) vigente en cada momento.
Se mejoran también las pensiones extraordinarias derivadas de actos terroristas, de forma que ninguna de estas pensiones podrá situarse por debajo del equivalente a dos salarios mínimos (2.442 euros), una cantidad un 36 % mayor al que había ahora.
Y por último, se mejora el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, triplicando la cuantía máxima de los anticipos por beneficiario (de 100 a 300 euros) y su duración, para proteger a los menores cuando un progenitor incumple sus responsabilidades.
Este decreto ley deberá ser convalidado por la diputación permanente del Congreso en el plazo de un mes.