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Los directivos de banca expedientados no recibirán indemnización por despido

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Soraya Sáez de SantamaríaMADRID (EFE). Los directivos de entidades financieras que hayan sido apartados de su cargo mediante un expediente disciplinario no tendrán derecho a percibir indemnización alguna, según el Real Decreto Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, aprobado por el Consejo de Ministros.

Asimismo, tal y como ha señalado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea se limitan las indemnizaciones por cese de actividad de estos directivos.

Estas indemnizaciones no podrán superar la menor de las siguientes cuantías: dos años de remuneración fija, o dos veces las bases máximas resultantes de los límites fijados por el Gobierno la semana pasada.

El Gobierno español impuso la semana pasada un fuerte recorte a los salarios de los altos ejecutivos de entidades bancarias que fueron intervenidas y de aquellas que recurrieron a fondos públicos.

MEDIDAS ANTERIORES

Los directivos de entidades intervenidas no podrán cobrar más de 300.000 euros anuales y, en el caso de las beneficiarias de fondos públicos, sus máximos responsables tendrán limitadas las remuneraciones a 600.000 euros al año.

El Decreto Ley de Saneamiento del Sector Financiero aprobado la semana pasada endureció las provisiones de los activos inmobiliarios, fijó los límites a los salarios de la banca con ayudas públicas y eliminó órganos de control en las cajas de ahorros.

Sáenz de Santamaría ha explicado que el Gobierno ha llevado a cabo "una reforma de verdad" del sistema financiero, que se ha saneado en busca de la "fortaleza y solvencia tanto de las entidades financieras como del Estado".

Asimismo, ha añadido, se ha atajado un asunto que preocupaba a la opinión pública, y es la responsabilidad de las entidades que han recibido ayudas ante los sueldos de sus directivos.

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