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para evitar restar competitividad a la banca española

Los expertos creen que el impuesto a la banca debe consensuarse en la UE

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MADRID (EFECOM). El comité de expertos de la reforma fiscal recomienda al Gobierno que suprima el impuesto sobre los depósitos bancarios y considera que la creación de un impuesto sobre la actividad bancaria debe ser consensuada en la UE para evitar "un castigo competitivo a la banca española".

En comité de "sabios" considera que "deben suprimirse" los impuestos sobre los depósitos bancarios porque hay otras figuras impositivas "menos distorsionantes" de la actividad económica y "técnicamente más correctas" para aumentar la carga tributaria sobre el sector bancario.

Por ello, no aconsejan al Gobierno tomar "decisiones unilaterales" en esta materia y dicen que "cualquier impuesto adicional a la actividad bancaria ha de consensuarse en la UE, o al menos en la Eurozona, para evitar un castigo competitivo a la banca española".

Además, indica que el impuesto sobre los depósitos bancarios "no es regionalizable" y su regulación y gestión debe recaer "exclusivamente en la Administración central", porque de lo contrario sólo se produce arbitraje fiscal entre los distintos territorios.

No obstante, el informe añade que la recaudación realizada por la administración central puede, posteriormente, "repartirse de manera preestablecida y automática" entre Gobierno y autonomías.

Para el comité de sabios, este es un impuesto que debe ser eliminado porque se traslada a los depositantes "encareciendo y distorsionando el ahorro", produce un desplazamiento favoreciendo su deslocalización, debilita la solvencia y rentabilidad de las entidades financieras e impulsa la desintermediación bancaria.

Asimismo, dificulta la recuperación del crecimiento y el empleo al retrasar el desapalancamiento de empresas y familias.

Su "presunta" potencia recaudatoria, añade el informe, se debilita una vez que los ciudadanos han aprendido "a evadirlo utilizando otros vehículos de ahorro".

También sobre el sector financiero, en este caso sobre el asegurador, el informe propone precisar que en los pagos realizados a través de corredores de seguros el devengo del impuesto sobre primas de seguros se producirá "en el momento en el que el asegurador tenga conocimiento" de que se ha ejecutado el pago.

Asimismo, señala que sería conveniente enumerar qué conceptos pueden formar parte de la base imponible de este impuesto, que en principio está constituida por el importe total de la prima o cuota satisfecha por el tomador del seguro a un tercero.

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