Rafa Botella es un tetrapléjico de Simat de la Valldigna. En 2004 sufrió un gravísimo accidente y, desde 2013, mantiene un combate permanente contra el dolor. No ha solicitado la eutanasia, pero, como él dice: "Mi opinión es clara: solo la persona que está en la cama sabe lo que pesa su dolor. Yo no juzgo a nadie. Es una decisión personal e intransferible. En mi caso, elijo la vida con salud antes que la eutanasia sin ella, pero entiendo que, para algunos, esa puerta es la única salida digna después de una vida de luchas. Es una causa justa, pero no es la mía. Al menos, no hoy" (LEVANTE 3 de junio de 2026). De hecho, es un portavoz de quienes sufren y, para ello, ha publicado el libro titulado “Evolución”, en el que narra su experiencia personal.
Las circunstancias de Rafa y de otros muchos conducen a un primer interrogante: ¿se gestiona bien la atención al dolor desde las instituciones sanitarias? El dolor existe objetivamente y, a su vez. se encuentra inmerso en la subjetividad, dependiendo de factores intrínsecos a cada persona. Ello puede conducir a un distanciamiento entre la conciencia personal del dolor y el reconocimiento clínico de su intensidad. Unas disonancias cognitivas y emocionales, -entre el enfermo o su familia y el personal sanitario-, que pueden afectar a la respuesta dada al sufrimiento del paciente.
Una reacción clínica ante el dolor que, en ciertos casos, ha llegado a cotas de difícil comprensión cuando el enfermo se encontraba en una situación terminal y la familia, que lo conocía y sabía interpretar su lenguaje corporal, acuciaba a los sanitarios para que le dispensasen un remedio más poderoso, sabedores de que, quizás, sus efectos secundarios rebajasen ligeramente su pequeño monedero de vida. “Es que actuamos de acuerdo con el proceso”, se les dijo a los parientes del ser sufriente.
Proceso, protocolo, guía… Palabras que suenan a técnica, a una sabiduría superior; pero conviene sincerarse y aceptar que también pueden responder a interpretaciones filtradas por diferentes prejuicios procedentes del ámbito moral o surgidos ante el temor a que los colegas de profesión juzguen negativamente la aplicación de respuestas diferentes a las internamente consideradas “normales” o “aceptables”. Basta recordar la desaforada persecución, hace 20 años, de la Comunidad de Madrid contra el doctor Luís Montes, por los tratamientos paliativos que prestaba a los enfermos terminales.
Es cierto que, para respetar la libertad del paciente, se ha introducido el testamento vital y que, asimismo, se han extendido los cuidados paliativos para mejorar su bienestar, incluyendo la creación de Unidades del Dolor, con alguna de ellas, como la del Hospital General de València, en la primera línea de calidad, empatía y eficacia. Pero, incluso en tales circunstancias, persisten áreas de necesaria y homogénea concreción; entre éstas, la del tratamiento específico del dolor en circunstancias extremas. Que todavía se padezca cuando existe remedio farmacológico o tecnológico para evitarlo no admite excusas: no, cuando es el enfermo, incluso terminal pero consciente, quien solicita su uso, una vez informado de los efectos secundarios; no, cuando, habiendo perdido la capacidad de comunicarse, son sus personas más próximas las que piden su aplicación en virtud de su íntimo conocimiento del enfermo. Estas escuchas, empáticas y compasivas antes que mecanicistas, son las que se corresponden con el respeto a la dignidad humana. Las que merecen llegar a donde todavía se encuentran restringidas.
Desde una perspectiva conectada pero distinta, el segundo interrogante que se suscita es la práctica de la eutanasia ante una reciente sentencia del Tribunal Supremo que reconoce la posibilidad de que terceras personas puedan recurrirla aunque se encuentre solicitada e inicialmente autorizada de acuerdo con la Ley. Así podrá suceder si lo pide alguien que sostenga una relación de “proximidad afectiva” con el solicitante. En tal caso, el Tribunal infiere que existe un interés legítimo para oponerse a la ejecución del procedimiento.
Según explica el Supremo, el recurrente “tiene que formar parte del círculo de convivencia más próximo al solicitante de la prestación con la capacidad de conocimiento y de empatía suficiente con él como para poder, en su caso, detectar posibles fisuras en el entendimiento y comprensión de la situación en la que se encuentra el solicitante, así como en la voluntad, que ha de ser necesariamente libre de éste, que le permitan a aquél advertir la posible existencia de un desconocimiento o conocimiento insuficiente de la dimensión de la decisión tomada o el hipotético condicionamiento en su voluntad por factores extrínsecos o intrínsecos”.
De este modo, el carácter personalísimo que implica la petición de la eutanasia queda condicionada por la posible intrusión de personas próximas al peticionario que podrán argumentar en contra de la voluntad expresa de éste aduciendo carencias o insuficiencias, como si las cautelas existentes en la Ley no fueran suficientes y el recurrente tuviera una visión superior de las circunstancias, cognición, sufrimiento y voluntad que han impelido al solicitante a demandar la eutanasia. Recursos judiciales que pueden emboscar e los tribunales en una bizantina e interminable discusión sobre interpretaciones subjetivas, con el consiguiente desgaste del derecho a la eutanasia y la demora de su aplicación.
El pronunciamiento del Supremo, de otra parte, si bien impedirá que los recursos procedan de asociaciones obsesionadas hasta el fanatismo por la “defensa del derecho a la vida”, incluso en circunstancias de extremo sufrimiento, no evitará que estos colectivos financien apoyos económicos y jurídicos a algún familiar o persona con vínculo afectivo para que interponga recursos contra las solicitudes.
Dada la confusión existente sobre los límites del dolor y sobre las nuevas fronteras de la eutanasia, convendrá regresar al concepto de dignidad humana y desarrollarlo. Cuando la medicina moderna te proporciona años de supervivencia para una vida sin calidad y muchas veces sufriente, ¿acaso es ético exprimir hasta su práctica vacuidad el derecho a la eutanasia o regatear el tratamiento efectivo del dolor?