VALÈNCIA. Nuevo tirón de orejas de la Agencia Valenciana Antifraude al Ayuntamiento de València por el nombramiento sin concurso del personal directivo de los diferentes organismos del sector público local. El organismo que dirige Eduardo Beut reprocha al consistorio el uso generalizado de los nombramientos y ceses discrecionales de los distintos directivos de las fundaciones municipales y empresas públicas de València.
Se trata de una investigación iniciada de oficio por la propia agencia en la que se han analizado las contrataciones de la estructura satélite municipal entre 2022 y 2025. En el informe final al que ha tenido acceso Valencia Plaza, la AVAF se reafirma en una doctrina que ya ha defendido en anteriores ocasiones e insiste en que la condición de alto cargo y el factor de la "mutua confianza" política no eximen a la administración de articular una convocatoria pública previa basada en los principios de publicidad, concurrencia, mérito y capacidad para la selección del personal directivo.
"Ser alto cargo no da vía libre a contratar a quien se quiera"
En su fundamentación, la AVAF sostiene de forma tajante que "ser alto cargo no da vía libre a poder contratar libremente a quien se quiera” y señala que “el nombramiento a dedo sin proceso selectivo previo (…) vulnera frontalmente el ordenamiento jurídico", citando en repetidas ocasiones el Estatuto del Empleado Público (TREBEP) y jurisprudencia del Tribunal Supremo.
En sus alegaciones el Ayuntamiento defendió que estos puestos directivos están considerados alto cargo según la ley autonómica y que son objetos de libre nombramiento y cese. Sin embargo, la AVAF desestima todas las alegaciones en este sentido e insiste en que la condición de alto cargo de estos puestos no otorga a la administración "carta blanca para nombrarlo o cesarlo de cualquier manera".

- El director de la Agencia Valenciana Antifraude (AVAF), Eduardo Beut -
- Foto: JOSÉ CUÉLLAR/CORTS VALENCIANES
Antifraude no considera alta dirección a los subdirectores de fundaciones
Antifraude también rechaza que se pueda aplicar el régimen de alta dirección a las subdirecciones de entidades como Visit València o Las Naves ya que considera que tan solo el director-gerente reúne estas condiciones. La agencia concluye que las subdirecciones operan como "mandos intermedios subordinados a la dirección-gerencia" y, por tanto, deben ser considerados empleados públicos profesionales sujetos a proceso selectivo según el TREBEP.
Uno de los reproches más explícitos del informe se lo lleva la Fundación Las Naves. Antifraude afea que se formalizara el nombramiento del gerente mediante una simple adenda modificativa de su contrato anterior como subdirector de la propia entidad. Desde la óptica de la AVAF, el Ayuntamiento utilizó un " 'atajo' administrativo artificial cuyo objetivo real es evitar la realización de la convocatoria pública”
Por su parte, en el sector empresarial, el informe recoge una anomalía formal en el Palacio de Congresos de València, cuya gerencia pretendió extender contractualmente el régimen excepcional de alta dirección al resto del personal ordinario de la plantilla, una aplicación restrictiva que la ley impide generalizar.
Recomendaciones de la AVAF
Tras rechazar todas las alegaciones del Ayuntamiento, el organismo que dirige Beut formula varias recomendaciones. En primer lugar pide redactar y aprobar una instrucción interna de buenas prácticas encaminada a garantizar que cualquier provisión de personal directivo cuente con una convocatoria pública previa. Asimismo, propone que cualquier propuesta de adenda o modificación de estos contratos requiera obligatoriamente un informe preceptivo de la Intervención municipal o del área jurídica. El órgano fiscalizador insta también a planificar los ceses de estos altos cargos respetando los tres meses de preaviso legal, impidiendo así que se generen indemnizaciones imprevistas.
El órgano que dirige Eduardo Beut recomienda también implantar un "Programa de Cumplimiento Normativo (Compliance)" adaptado a cada ente y aconseja valorar el nombramiento de un "Compliance Officer" (Responsable de Cumplimiento) independiente.
Este rapapolvo de Antifraude sobre la contratación del personal directivo del sector público local no es nuevo. Sin embargo, y pese a las reiteradas advertencias que arrastra el consistorio desde la pasada legislatura, el actual gobierno local ha seguido aplicando el mismo manual. A tenor de las alegaciones que presentó el Ayuntamiento, no parece que el sistema para designar a los gerentes de los distintos entes municipales vaya a cambiar. Ahora el consistorio cuenta con un plazo de tres meses para responder a las recomendaciones de la AVAF.