València

Aprobadas las bases para las casetas de venta no sedentaria en el paseo marítimo del Cabanyal este verano

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VALÈNCIA (EP). El Ayuntamiento de València ha aprobado este viernes, en la Junta de Gobierno Local, las bases para la convocatoria de la concesión de autorizaciones dirigidas a la instalación de casetas de venta no sedentaria en el paseo marítimo de la playa del Cabanyal durante la próxima temporada estival.

Así lo ha indicado la primera teniente de alcalde y edil de Hacienda y Presupuestos, María José Ferrer San Segundo, en la rueda de prensa que ha ofrecido para hablar de los asuntos abordados en la Junta de Gobierno Local.

La responsable municipal ha explicado que se concederán en total 81 módulos de tres metros de ancho por tres metros de profundidad donde las personas autorizadas podrán instalar su actividad comercial.

Las casetas podrán iniciar su montaje el 30 de mayo próximo, una vez haya sido aprobada la relación de vendedores autorizados en este punto e de la ciudad, mientras que el desmontaje se deberá efectuar entre el 30 de septiembre --último día en que podrá realizarse la actividad de venta-- y el 2 de octubre de 2026.

Todos los gastos derivados del alquiler, la instalación y el desmontaje de las casetas serán a cargo de las personas solicitantes. La actividad de venta se podrá iniciar a partir del 1 de junio próximo, una vez haya sido aportada la documentación y los servicios municipales expidan el correspondiente permiso.

El horario de venta será de 11.00 a 23.00 horas, de lunes a jueves, y de 11.00 a 23.59 horas, de viernes a domingo. Los productos autorizados para la venta en estos puestos serán artesanía, marroquinería, bisutería, piedras semipreciosas, cerámica, láminas, dibujos, pinturas, y souvenirs.

Además, se incluyen en las autorizaciones los artículos de madera, los juguetes, los artículos de playa y las gafas de sol --con la correspondiente homologación mediante la marca CE--.

Los artículos de playa que se podrán vender son sombreros, gorras, chanclas, sandalias, pelotas de playa, toallas, hamacas, flotadores, manguitos y cubos, entre otros. Asimismo, se permitirá la venta de pareos o bañadores, mientras que queda prohibida la venta de ninguna otra clase de calzado o de ropa que no sea de verano.

Además, también queda restringida la realización de tatuajes, piercings, trenzas en el pelo, caricaturas, así como cualquier otra actividad que no tenga como fin primordial la venta.

Podrán solicitar autorización las personas físicas o jurídicas estén al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social. Quienes quieran solicitar uno de estos puntos de venta tampoco podrán tener deudas con el Ayuntamiento de València.

Las personas extranjeras y nacionales de países que no sean miembros de la Unión Europea deberán estar en posesión de los correspondientes permisos de residencia y de trabajo por cuenta propia.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de diez días hábiles, a partir de la publicación de las presentes bases en el tablón de anuncios del Servicio de Comercio y Mercados del consistorio valenciano y en la página web municipal.

Las peticiones de autorización podrán presentarse en cualquiera de los registros municipales del Ayuntamiento, en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o en las oficinas de asistencia en materia de registros. También podrá realizarse la presentación telemática de las solicitudes a través de la sede electrónica, para lo que habrán de disponer de certificado electrónico.

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