València

El juzgado abre juicio oral por delito de odio a la edil de Vox en València denunciada por sus tuits

El magistrado instructor señala a la Audiencia Provincial como órgano competente para el enjuiciamiento

  • Cecilia Herrero.
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VALÈNCIA (EP). El Tribunal de Instancia de Valencia ha decretado la apertura de juicio oral por un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizadas por la Constitución, conocido como delito de odio, para la edil de Responsabilidad Patrimonial en el Ayuntamiento de València, Cecilia Herrero (Vox), por unos tuits escritos entre 2020 y 2024.

En estos mensajes, la edil formulaba expresiones del tipo: "Si vas a África debes vacunarte de mil cosas, pero estos llegan sin controles sanitarios ni cuarentena alguna y los alojan en hoteles a los que mañana irás tú y tu familia. Esto es también un grave problema de salud pública" o "Tanta reconquista para terminar pagándoles la invasión a los moros".

El magistrado titular de la plaza número 15 de la Sección de Instrucción, en un auto que ha sido notificado este miércoles a las partes y tras la petición del fiscal para la apertura del juicio oral, señala como órgano competente para el enjuiciamiento de esta causa a la Audiencia Provincial.

Asimismo, emplaza a la acusada para que comparezca en el plazo de tres días con abogado y procurador. Una vez cumplido dicho trámite, se le dará traslado de las actuaciones para que formule escrito de defensa en el plazo de diez días.

El instructor tiene por dirigida la causa contra la edil por un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales previsto y penado en los artículos 510.1 a), 510.3, 510.5 y 510.6 del Código Penal o, alternativamente por el mismo delito del mismo texto legal pero en sus apartados 510.2 a), 510.3, 510.5 y 510.6, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

La sección de delitos de odio y contra la discriminación de la Fiscalía de Valencia pide tres años de prisión para la edil por unos mensajes "encaminados a propagar el rechazo, el desprecio, la hostilidad y la animadversión hacia las personas migrantes, además de a las pertenecientes al colectivo LGTBI, o con discapacidad, haciendo uso, además, de un lenguaje peyorativo y de expresiones de burla hacia los mismo".

Además, solicita para ella multa de 7.200 euros e inhabilitación especial para profesión u oficio educativo, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre por tiempo de seis años por un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución.

Alternativamente, por el mismo delito pero por otros apartados del texto, solicita un año y dos meses de prisión, inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 4.800 euros y la inhabilitación especial para profesión u oficio educativo, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre por cinco años.

En cualquier caso, y de conformidad con diversos artículos del Código Penal, considera que procede la imposición de la pena de inhabilitación para empleo o cargo público por el mismo tiempo que dure la condena.

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