València

La AVL recuerda que su posicionamiento oficial respecto al topónimo en valenciano es 'València'

  • La presidenta de la Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL), Verònica Cantó
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VALÈNCIA (EP). La Acadèmia Valencia de la Llengua (AVL) recuerda que su "posicionamiento oficial" respecto al topónimo en valenciano de la ciudad es 'València', con la tilde abierta.

Ante el debate suscitado alrededor del topónimo y el informe solicitado por el Ayuntamiento sobre un posible cambio en la tilde --que pasaría a ser cerrada, de manera que el nombre bilingüe de la ciudad sería Valencia/Valéncia-- el ente normativo del valenciano señala que en el Pleno de la AVL celebrado el 16 de diciembre del 2016, se concluyó que "aunque la pronunciación recomendada para los valencianos es con e cerrada, la grafía adecuada desde el punto de vista histórico y lingüístico del topónimo es València".

Por lo tanto, "en estos momentos, este es el posicionamiento oficial de la AVL", que no se pronuncia sobre "opiniones personales y continúa trabajando en el ejercicio de sus competencias legales", remarca la institución en un comunicado.

Asimismo, la Acadèmia detalla cuál es el procedimiento legal que se tiene que seguir para la alteración de nombres de municipios. En primer lugar, el ayuntamiento es quien tiene la iniciativa para iniciar el expediente de modificación de nombre del municipio y, por lo tanto, para proponer la forma elegida. En este punto, se tiene que incorporar al expediente un informe en que se justifique la forma propuesta.

Seguidamente, el informe se eleva al pleno del Ayuntamiento, que tiene que aprobar la nueva denominación por mayoría absoluta. Después de la aprobación por parte del consistorio, se abre un periodo de exposición al público y de alegaciones. Si las hay, se tienen que resolver en otro pleno municipal.

El expediente aprobado por el ayuntamiento se eleva a la Dirección General de Administración Local de la Generalitat, que es quien pide un informe a la Academia Valenciana de la Lengua, la cual, de acuerdo con la Ley de creación de la AVL, es la institución competente para fijar, a solicitud de la Generalitat, las formas lingüísticamente correctas de la toponimia y la onomástica oficial de la Comunitat Valenciana, para su aprobación oficial (artículo 7. b).

En esta fase del procedimiento administrativo es cuando la Sección de Onomástica elabora y aprueba un informe que se eleva al Pleno de la AVL. Dicho informe aprobado por la Acadèmia se envía a la Dirección General de Administración Local, que lo tiene que remitir al Gobierno valenciano, que es quien, finalmente, resuelve el expediente.

Este es el procedimiento que se siguió para la aprobación del informe sobre la alteración del topónimo mayor del 'cap i casal', que se acordó en el Pleno celebrado el 16 de diciembre del 2016', concluye el organismo.

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