VALÈNCIA. La investigación judicial de la Dana está examinando la actuación de muchas administraciones aquel fatídico 29 de octubre. Así, aunque las pesquisas se han centrado hasta ahora en la Generalitat Valenciana y concretamente en la entonces Conselleria de Interior, encargada del departamento de emergencias, así como en otros organismos presentes en el Cecopi como la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) o la Aemet, el hecho de que buena parte de los fallecidos fueran personas mayores, la instructora ha querido indagar también en el departamento de Servicios Sociales. Sobre todo tras conocerse que 37 de las víctimas eran usuarios del servicio de teleasistencia autonómico, dependiente de la Conselleria de Servicios Sociales que encabeza Susana Camarero.
Esto ha puesto el foco también en la gestión de la teleasistencia y si se siguieron los protocolos establecidos para proteger la integridad física de los usuarios del servicio, también en València ciudad, tres de cuyas pedanías -Castellar-L'Oliveral, Forn d'Alcedo y La Torre- se vieron afectadas por la riada, que dejó allí 17 víctimas mortales. En ese sentido, una de las últimas pesquisas que ordenó la magistrada iba dirigida precisamente a conocer si había usuarios fallecidos en la capital del Túria y a recabar los protocolos y los "mensajes y alertas de precaución" que se enviaron a los usuarios.
Así pues, el Ayuntamiento de València informa de que en el servicio municipal consta "la no existencia de fallecimiento de personas usuarias" de la teleasistencia como consecuencia de la Dana. Asimismo, figura la respuesta de la compañía adjudicataria del servicio, Atenzia, donde en primer lugar deja claro que "como empresa prestadora del servicio de teleasistencia domicilaria" no "envía mensajes ni alertas de precaución masivas (tipo ES Alert...)". Ahora bien, según explica la firma, sí estuvo informando a sus usuarios de la alerta meteorológica por la Dana en los contactos telefónicos que se produjeron aquella jornada, aunque lo hace sin especificar la cantidad de llamadas que hubo y cuáles fueron los mensajes concretos que se trasladaron y en base a qué información.
"En muestra de nuestro compromiso con el bienestar y la seguridad de las personas usuarias, en el marco de las comunicaciones ordinarias de seguimiento y atención personal entrantes y salientes en el centro de atención, los/las operadores/as del servicio introducen a modo de argumentario completo en función de la conversación mantenida, recomendaciones y consejos para promover el bienestar de la persona usuaria, incluyendo información meteorológica según el caso", expone en su respuesta la compañia prestataria, según la cual tanto el 29 de octubre y los días siguientes, los trabajadores "procedieron a incorporar en sus argumentarios la situación de alerta meteorológica por la Dana" en las llamadas mantenidas con los usuarios.
El Ayuntamiento, en su contestación, insiste en que el servicio de teleasistencia "no tiene por finalidad principal situaciones de catástrofe natural" sino que su objetivo es "dar respuesta inmediata ante situaciones de emergencia vinculada a la necesidad social, soledad y/o aislamiento". Ahora bien, lo cierto es que la ordenanza municipal que regula la teleasistencia incluye medidas preventivas.
La ordenanza distingue entre diferentes tipos de comunicaciones desde el centro de atención a las personas usuarias. Así, por ejemplo, hay "llamadas de familiarización" para presentar el servicio, "llamadas de cortesía" para "estar presente en días señalados" de la persona, otras de "mantenimiento de agendas" para recordar determinadas actividades, o llamadas "informativas" para facilitar información sobre recursos sociales y otros contenidos temáticos, entre otras.
Aquí, por ejemplo, destacarían las llamadas "para realizar campañas de información" en los casos en los que se considera "necesario avisar a la población atendida de riesgos por temperaturas extremas u otros motivos cuyo objeto sea la protección de los mismos". Hay otro tipo de contactos, los de "seguimiento de situaciones de emergencia", que tienen por finalidad "realizar el seguimiento de una actuación por emergencia" y que se hacen "el día en que se produce la emergencia y en los días posteriores hasta que se resuelva la situación".
Por otra parte, remite parte del proyecto con el que resultó adjudicataria del servicio, cuyo detalle es confidencial pero en el que, grosso modo, se exponen algunas actuaciones a realizar en situaciones de temperaturas extremas, inundaciones y otras grandes catástrofes, como campañas masivas de prevención, pautas de protección y derivación a Servicios Sanitarios o Emergencias en el caso de que proceda, además del seguimiento de las situaciones de emergencias. Todo ello con un sistema tecnológico propio.
Lo cierto, con todo, es que en la respuesta remitida por la compañía y el Ayuntamiento de València a la jueza, no se especifican las llamadas que se hicieron ni su tipología durante aquellos días. Tampoco las actuaciones que se llevaron a cabo en el marco de la Dana, como las campañas informativas masivas o las pautas de protección que recoge el proyecto de la propia empresa.