La ordenanza de convivencia quiere atajar el 'botellón' al tipificar las concentraciones que impidan el paso

València

  • Restos de un botellón en València.
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VALÈNCIA (EP). Los servicios municipales están ya informando la nueva ordenanza de convivencia y civismo del Ayuntamiento de València sobre un borrador, aún no definitivo, elaborado desde la Concejalía de Seguridad Ciudadana y Movilidad. El anteproyecto incorpora nuevas herramientas para actuar frente a conductas que alteran la convivencia, entre ellas, las concentraciones para consumir bebidas que impidan el uso normal de las vías y espacios públicos.

El texto plantea que estas concentraciones para realizar 'botellón' podrán ser objeto de actuación cuando, entre otras circunstancias, "obstaculicen el paso de peatones, impidan a otras personas utilizar bancos y otros espacios públicos, alteren el descanso vecinal o afecten a la salubridad, la higiene, el medio ambiente o los bienes e instalaciones públicas y privadas".

De este modo, se prohíben las concentraciones de personas en la vía pública o en otros espacios abiertos al público para consumir comida o bebidas cuando concurran "circunstancias que alteren la convivencia ciudadana", según ha informado el consistorio en un comunicado.

"Con esta norma también queremos dotar a la Policía Local de un instrumento jurídico mediante el que los agentes puedan actuar en las calles no solo sancionando comportamientos incívicos, sino que también puedan trabajar de manera preventiva para fomentar la mediación y la convivencia cívica y el buen uso del espacio público, de las calles, plazas y bienes públicos y culturales de València", ha explicado el concejal de Seguridad y Movilidad, Jesús Carbonell.

Hasta la fecha solo existía una ley autonómica que ponía el foco en el consumo de bebidas alcohólicas, exigiendo la comprobación visual por la Policía de que la bebida estuviera en poder del infractor y hasta 3 muestras de la bebida, su etiquetado y precinto y posterior análisis por laboratorio con carácter previo a la denuncia.

Teniendo en cuenta que la actividad del 'botellón' supone en muchas ocasiones que se comparta el recipiente y la complejidad del procedimiento, resultaba "difícil" la sanción de estas conductas. Con la nueva ordenanza no se pone el foco en el carácter de bebida alcohólica, "sino en las acciones que acompañan este fenómeno".

El régimen sancionador clasifica como infracción grave el consumo colectivo de bebidas o comida cuando se altere la pacífica convivencia ciudadana en los supuestos previstos en el texto, entre ellos, la obstaculización del paso, la ocupación de elementos del espacio público, la perturbación del descanso vecinal o la afección a la salubridad, la higiene o el medio ambiente.

Para estas infracciones graves, se establece multas de entre 750 y 1.500 euros. Además, el anteproyecto contempla como infracción muy grave el consumo colectivo de bebidas o comida en bienes del patrimonio cultural protegidos y sus entornos. Las infracciones muy graves podrán ser sancionadas con multas de 1.500 a 3.000 euros.

Turismo

La futura ordenanza también prohibirá la concentración de grupos de más de 25 turistas por parte de los guías turísticos, de máximo 20 en el caso de Ciutat Vella; quedará prohibida la utilización de altavoces o megáfonos por parte de los guías turísticos, que deberán usar en los grupos sistemas de audio individualizados y, en las despedidas de soltero en la vía pública, las sanciones pueden alcanzar hasta los 1.500 euros si estas concentraciones alteran la convivencia ciudadana.

Además, la ordenanza incluye sanciones que llegarán a los 750 euros por usar en la vía pública accesorios que simulen genitales o elementos sexuales.

La ordenanza también prohíbe en el espacio público, toda conducta que suponga, mediante insultos o burla, menospreciar los derechos de las demás personas, condicionar su libertad de acción, ofender sus convicciones religiosas, orientación sexual, raza o condición física o social, teniendo carácter de infracción muy grave con una sanción que va de 1.500 a 3.000 euros.

A su vez queda prohibido el acoso callejero en el espacio público, entendido como cualquier conducta que, "sin tener expresamente naturaleza sexual o sexista, resulta de mal gusto, grosera o molesta, ya sea a través de palabras, gestos, ruidos o actos, dirigida a una persona o grupo de personas que no desean tal comportamiento, y que tenga como resultado generar malestar, menoscabar la tranquilidad, libertad de movimiento o el derecho al entorno digno de la persona afectada". La infracción es muy grave con una sanción que va de 1.500 a 3.000 euros.

Igualmente quedan prohibidas las conductas de vejación, humillación, desprecio y molestias que suponen el fenómeno denominado novatadas. La infracción, calificada de grave, lleva aparejada una sanción que oscila entre 750 y 1.500 euros.

Mobiliario urbano

Se contempla la prohibición, en el uso del mobiliario y otros elementos del espacio público urbano, de las "conductas vandálicas, agresivas, temerarias y negligentes" que lo pongan "en peligro", lo deterioren o generen situaciones "de riesgo" para la salud y la integridad física de las personas, tales como la práctica en el espacio público urbano de acrobacias y juegos de habilidad con bicicletas, patines o monopatines, o la utilización para realizar acrobacias de escaleras para peatones, elementos para accesibilidad, barandillas, bancos, o cualquier otro elemento del mobiliario urbano fijo o desmontable, salvo que se trate de un área destinada a tal fin. Se tipifica como infracción grave con una sanción de 750 a 1.500 euros.

Demanda de servicios sexuales

El borrador regula también la utilización del espacio público para comportamientos sexuales "inadecuados" y, específicamente, "la demanda de servicios sexuales en el espacio público". Por ello, se prohíbe en el espacio público solicitar, aceptar, demandar o negociar servicios sexuales, así como realizar determinadas actuaciones de captación o intermediación relacionadas con dichos servicios.

Asimismo, se contempla la prohibición de determinadas formas de publicidad o promoción de servicios sexuales. Son infracciones muy graves que se sancionarán con multa de 1.500 a 3.000 euros.

"Con esta norma queremos dotar a la Policía Local de un instrumento jurídico mediante el que los agentes puedan actuar en las calles no solo sancionando comportamientos incívicos, sino que también puedan trabajar de manera preventiva para fomentar la mediación y la convivencia cívica y el buen uso del espacio público, de las calles, plazas y bienes públicos y culturales de València", ha concluido Carbonell.

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