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la agencia sostiene que cobró de una actividad privada a la vez que era alcalde

Antifraude insta a Mompó a devolver parte del sueldo por incumplir la dedicación exclusiva 

Foto: KIKE TABERNER
30/09/2021 - 

VALÈNCIA. La Agencia Antifraude ha concluido en un informe que el presidente del PP en la provincia de Valencia, Vicente Mompó, incumplió su dedicación exclusiva mientras era alcalde de Gavarda al ejercer a la vez una actividad privada. Motivo por el que insta a que devuelva parte del sueldo que cobró, tal como han adelantado eldiario.es y Las Provincias

La entidad explica que el dirigente popular fue declarado en este régimen para el ejercicio de su cargo de primer edil de la localidad durante dos legislaturas, de 2011 a 2019. Pero durante ese tiempo en el que tenía reconocida la dedicación exclusiva, y de acuerdo a los rendimientos económicos, trabajó en una empresa privada (Gestió Serveis Mompó Aledo SL) en la que fue gerente. 

Según Antifraude, esta actividad no se puso en conocimiento del pleno del consistorio, por lo que no solicitó ni obtuvo declaración de compatibilidad aunque era preceptivo al encontrarse sujeto a la ley de Incompatibilidades. Todo ello, añade, sin entrar a valorar si se hubiera podido reconocer la compatibilidad, algo que debía decidir el pleno. 

No se informó a Mompó, pero tenía que solicitar la incompatibilidad

"Una vez sobrevenida la incompatibilidad con el comienzo del ejercicio de esta actividad pública, debería haber optado, en su caso, por una u otra ocupación comportando, su silencio, la pérdida de la condición de concejal por entenderse que opta por la actividad que causa la incompatibilidad", indica el informe. 

La agencia sí pone el acento en una circunstancia, y es que "consta acreditado que por parte de la secretaría municipal no se informó específicamente de estas circunstancias" a Mompó, si bien "ello no implica que tenía la obligación y era responsable de solicitar la compatibilidad". Así, durante ese periodo de tiempo, percibió retribuciones en régimen de dedicación exclusiva sin disponer de un acto reglado como es la declaración formal de compatibilidad por parte del pleno municipal.  

La entidad considera que la Administración está facultada para instruir un procedimiento de exigencia de responsabilidad patrimonial, por lo que ahora procedería, previa revisión del acto nulo, la devolución de las cantidades percibidas del Ayuntamiento en concepto de dedicación exclusiva. 

Desde su entorno explican que tenía dedicación exclusiva horaria pero no económica

Desde el entorno de Mompó remarcan que éste "ha actuado como toca" porque siempre declaró al pleno la actividad de su empresa y los cambios en ella. También que no ha habido "ninguna ocultación" ni "ninguna ganancia" porque no se trata de una cuestión económica sino administrativa. 

Así, detallan que tenía una dedicación exclusiva de horas pero no económica, puesto que nunca la cobró. En la práctica, inciden, aunque hubiera notificado la solicitud de compatibilidad, no habría cobrado menos salario, por lo que no tiene ninguna cantidad que devolver a la espera de que lo determine el ayuntamiento. 

A ello añaden que no hubo alerta de los técnicos municipales sobre la obligación de presentar lo que Antifraude le reprocha. 

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