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fuentes del supremo creen que la alcaldesa recusará al magistrado

Conde-Pumpido, fiscal general con Zapatero, decidirá sobre la imputación de Barberá

14/09/2016 - 

VALENCIA. La senadora del Partido Popular y exalcaldesa de Valencia Rita Barberá está hoy un paso más cerca que ayer de sentarse en el banquillo de los acusados. Este martes, la Sala de Admisiones de la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) ha abierto una causa penal contra ella por un presunto delito de blanqueo de capitales.

Como magistrado instructor ha sido nombrado Cándido Conde-Pumpido, el que fuera fiscal General del Estado en la época de José Luis Rodríguez Zapatero. Fuentes del Supremo consultadas por Valencia Plaza asumen que "la defensa de Barberá recusará a Conde-Pumpido como magistrado instructor por su vinculación con el PSOE, tal y como ha hecho el PSOE con los magistrados Concepción Espejel y Enrique López por su afinidad con el Partido Popular”.

Las fuentes del Tribunal Supremo advierten que no es el mismo caso que el de Espejel y López, pero creen firmemente que la defensa de Rita Barberá utilizará los mismos argumentos que el PSOE. La pregunta es si se admitirá o no la recusación de Conde-Pumpido, ya que su única vinculación con el PSOE es haber sido FGE a propuesta de los socialistas, un hecho que no debería poner en duda su imparcialidad puesto que sentaría un precedente muy peligroso dentro de la magistratura.

El auto

Respecto al auto del Tribunal Supremo que pone a Barberá en la línea de salida de una posible imputación, la decisión del Supremo se apoya en el informe favorable del fiscal y deriva de la exposición razonada que envió al alto tribunal el Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, que investiga el denominado Caso Imelsa.

La investigación se relaciona con varios ingresos detectados en 2003, 2010 y 2011 por un importe superior a 200.000 euros, así como con donaciones de mil euros de concejales y asesores, que presuntamente les devolvió el partido en dos billetes de 500 para blanquear ese dinero de supuesta procedencia ilícita.

El Supremo deberá decidir ahora, posiblemente tras citar a la propia Barberá, que comparecerá como imputada pero voluntariamente, si pide el suplicatorio al Senado para proseguir el proceso contra ella o si archiva el asunto.

En su auto de este martes el Supremo destaca que, sin perjuicio de lo que pudiera resultar de la investigación, los hechos descritos por el Juzgado pudieran ser constitutivos de un delito de blanqueo de capitales.

"Resulta imprescindible continuar la investigación sobre los hechos y sobre la participación en ellos de la persona aforada doña María Rita Barberá Nolla", dice el Supremo.

Se trata de aclarar si, bajo la cobertura de diversas aportaciones de asesores y cargos del PP en Valencia de 1.000 euros -que todos los investigados reconocen haber efectuado- se oculta el afloramiento de dinero en efectivo en poder de algún responsable o responsables del Grupo Popular.

Todo apunta hacia la secretaria del Grupo Mari Carmen García-Fuster, que era la persona que operaba de facto con las cuentas bancarias. También se investiga el origen del dinero supuestamente blanqueado.

Indicios sobre la implicación de Barberá

El auto del Supremo se hace eco de los indicios siguientes sobre la implicación de Barberá, aportados por el juez de Valencia:

Por un lado, "María Rita Barberá fue una más de las personas que reconocidamente efectuaron la aportación de 1.000 euros. Resultaría incoherente la llamada al resto de los aportantes en estas actuaciones como investigados y no llevar a cabo la presente exposición respecto de la senadora aforada".

Además, ella "ostentaba una efectiva posición como superiora jerárquica de la principal investigada, María del Carmen García Fuster, tanto por ser alcaldesa de Valencia en la fecha de los hechos investigados, como por ser la máxima responsable del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Valencia".

Existía además "una relación personal de estrecha confianza entre la aforada y la principal investigada, que desempeñaba las mismas funciones y atribuciones dentro del Grupo desde el año 1991 en que fue designada aquélla".

"A juicio de este instructor, las alegaciones efectuadas por la aforada" ante el juzgado no permiten exculparla, añade el juez.

No hay testigos que la impliquen directamente

"Debe significarse sin embargo", añade el juez, que no hay testigos que impliquen una intervención directa y personal de Rita Barberá en la entrega del dinero.

Los primeros indicios partieron de una investigación sobre determinadas irregularidades en la Concejalía de Cultura y la Diputación Provincial, así como en las empresas públicas Imelsa y CIEGSA, esta última dependiente de la Generalitat valenciana.

En ese contexto se tuvo conocimiento de una conversación telefónica -cuya escucha se hizo con autorización judicial- según la cual se habría realizado un ingreso mediante transferencia bancaria a una cuenta del Grupo Popular del Ayuntamiento, donativo que fue reintegrado con dos billetes de 500 euros.

En esa conversación se hacía referencia a la secretaria del Grupo Municipal del PP en el Ayuntamiento como la persona que habría entregado los billetes, y se citaba a Rita Barberá.

Realizadas las investigaciones pertinentes se pudo comprobar que en una cuenta del Banco Sabadell a nombre del Grupo Municipal del PP en Valencia se habrían realizado determinadas aportaciones, por importe de 1.000 euros, por parte de 50 personas vinculadas al grupo y al partido, entre el 23 de marzo y el 16 de abril de 2015, entre ellas Barberá.

Se comprobó igualmente que en las cuentas bancarias origen de alguna de esas transferencias se habían recibido, en la misma fecha o en fechas inmediatas, el ingreso de cantidades en metálico o mediante traspaso de otras cuentas, por diez de las personas investigadas.

La pieza sobre presunto blanqueo de capitales en el grupo popular en el Ayuntamiento de Valencia tiene 47 personas investigadas, más el PP como persona jurídica. Esa parte del caso seguirá en Valencia, aunque el juez enviará al Supremo los indicios vinculados a Barberá.

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