Propone la conservación de más de 7.500 hectáreas de suelo de elevada calidad ambiental, territorial y paisajística en el litoral
VALÈNCIA. El Pleno del Consell ha aprobado este viernes el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral de la Comunitat Valenciana, Pativel, y el Catálogo de Playas de la región.
El nuevo Pativel como objetivo principal la protección y conservación activa de los espacios litorales libres de edificación más valiosos, así como garantizar la conectividad ecológica y funcional del mar con el interior; evitar consolidados urbanos y barreras urbanas que deterioren el litoral y mejorar la calidad del espacio edificado para ser más competitivo con respecto a las nuevas demandas turísticas.
En concreto, el Pativel propone la conservación activa de más de 7.500 hectáreas de suelos de elevada calidad ambiental, territorial y paisajística, distinguiendo dos categorías principales: el suelo no urbanizable de protección del litoral (hasta los 500 metros desde la ribera del mar, tierra dentro), y el suelo no urbanizable de refuerzo del litoral (desde los 500 hasta los 1.000 metros desde la ribera del mar).
Por provincias, el suelo preservado es aproximadamente de 2.500 hectáreas en Castellón; 2.900 en Alicante y aproximadamente 2.100 en València, una cifra ligeramente inferior a las de Castellón y Alicante debido a que ya cuenta con el frente litoral protegido de la Albufera.
Este plan, lejos de recortar el crecimiento urbanístico del litoral, busca conservar y poner en valor los suelos más valiosos de la costa, al tiempo que los mantiene como espacios abiertos o zonas verdes de los municipios costeros, lo que contribuye a mejorar la calidad de sus tejidos urbanos. Eso sí, el Plan de Acción Territorial deja suelo en la zona litoral para satisfacer las demandas razonables de estos municipios a medio y largo plazo.
El Pativel posibilita usos que compatibilizan la actividad económica con el respecto a valores ambientales y territoriales. Por ejemplo, en suelo no urbanizable de protección del litoral (tipo 1) se permiten actividades, infraestructuras y dotaciones públicas que deban implantarse necesariamente en este espacio, y la rehabilitación de las edificaciones para usos terciarios como restauración, cultura, alojamiento.
Por lo que se refiere a la actividad agrícola, se establecen unos parámetros máximos para sus instalaciones.
En los suelos de tipo 2 (los no urbanizables de refuerzo del litoral, de 500 a 1.000 metros) se podrán implantar hoteles con encanto con baja ocupación de parcela y ambiente rural, usos deportivos abiertos, cámpings con certificado de sostenibilidad, dotaciones asistenciales, etc, siempre garantizando la continuidad ecológica y funcional de los ecosistemas.
También la actividad agrícola está permitida, con las determinaciones de la legislación del suelo no urbanizable de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP).
Todos los suelos de tipo 1 y 2 podrán incorporarse a los mecanismos de gestión urbanística, ser obtenidos gratuitamente y pasar a formar parte de la red primaria de zonas verdes del planeamiento municipal.
Asimismo, se evitan los crecimientos en pendientes elevadas y se establece la necesidad de mantener la calificación de zonas verdes próximas al mar en los espacios urbanos y la necesidad de un informe de integración paisajística para todos los instrumentos de desarrollo urbanístico y edificatorio en los primeros 500 metros de costa.
En sus disposiciones transitorias, el Pativel regula también un régimen específico de incremento del índice máximo de crecimiento de suelo de la Estrategia Territorial para favorecer la actividad hotelera en los municipios de costa, al ser una apuesta decidida de este plan la ordenación del territorio para favorecer un turismo de calidad.
Además, se regula un régimen transitorio para suelos con valores, pero con programas de actuación aprobados, que de ser desclasificados pondrían en peligro la sostenibilidad económica del Pativel. Estos suelos deberán desarrollarse a corto plazo, ya que en caso contrario pasarían a ser suelos regulados como suelos 1 o 2 del Pativel.
Por otra parte el Pativel garantiza a los propietarios de edificaciones unifamiliares diseminadas en situación irregular el derecho a su regularización a través de procedimientos de integración paisajística y disminución del impacto ambiental, como el control de los vertidos irregulares de aguas fecales.
De este modo, los propietarios de las mismas podrán seguir haciendo uso de estas edificaciones siempre y cuando eviten los perjuicios que causan al medio ambiente.
El plan ha tenido un proceso de participación exhaustivo, con aproximadamente 50 jornadas informativas. También se han recibido un gran número de alegaciones y propuestas (más de 4.000 escritos), de las que se ha estimado totalmente o parcialmente el 42 %.
Como novedad se ha solicitado un dictamen a la Universidad de Alicante para validar la bondad científica del Pativel, tanto su metodología como efectos positivos sobre el territorio.
Cabe destacar, finalmente, que el Pativel incluye una memoria económica basada en un informe de Abogacía de la Generalitat, que acredita que durante su tramitación se han seguido criterios de respeto a los derechos patrimonializados por los propietarios de suelo, respetando en todo momento los criterios del Tribunal Supremo al respecto, al ser la seguridad jurídica una de las prioridades básicas en la tramitación de este plan.
Además, también recoge el diseño de una Vía Litoral, pegada en el mar desde Vinaròs hasta Pilar de la Horadada, para la movilidad no motorizada, y que se concreta a través de los Programas de Paisaje del Litoral, de los que se han presentado los cuatro primeros: Litoral de Vinaròs-Benicarló, la Albufera, Gandia-l'Auir y Elx-Alacant, desde el Saladar de Agua Amarga hasta el Hoyo de Galvany.
El Catálogo de Playas de la Comunitat Valenciana, que forma parte del Pativel, tiene como objeto la delimitación de los tramos naturales y urbanos demandados por la legislación básica de costas, así como el establecimiento de unos criterios generales para los usos y actividades a implantar en el dominio público marítimo-terrestre desarrollando la legislación básica del Estado en materia de costas.
Para todo ello se han delimitado 90 tramos de playa natural dividida en categorías 0, 1, 2 y 3, en función de las mayores restricciones de usos y actividades, 20 en la provincia de Castelló, 30 en la de València, y 40 en la de Alicante; y 129 tramos de playas urbanas, categorías 1 y 2, 34 en Castelló, 31 en Valencia y 64 en Alicante.
En los tramos naturales se regula un elevado nivel de protección, autorizando únicamente las actividades que sean indispensables o estén previstas en la normativa aplicable. En las playas urbanas se regula la ocupación y uso de sus tramos de manera que se garantice una adecuada prestación de servicios compatible con el uso público.
En función de los requerimientos y la presencia de hábitats, flora o fauna, se regulan las actividades permitidas en las playas naturales, así como sus períodos de exclusión temporal, siempre con la salvaguardia de las necesarias funciones de seguridad y salvamento marítimo y la limpieza de las playas en períodos que no comprometen los valores protegidos por el Catálogo.
El litoral es uno de los activos territoriales más valiosos de la Comunitat, ya que alberga más del 15 % del PIB y más del 85 % del Valor Añadido Bruto, VAB, turístico.
Acoge 10 Parques Naturales, 23 Lugares de Interés Comunitario, el 90 % de las zonas húmedas catalogadas y la mayor parte del suelo de elevada capacidad agraria. Más del 80 % de la población valenciana vive a menos de 10 kilómetros de la costa y es el espacio que la ciudadanía más utiliza.
No obstante, a pesar de su valía, es un territorio muy frágil y amenazado por una gran presión sobre sus recursos naturales y, de manera especial, el suelo. Desde 1990 y hasta 2007 (fin de la burbuja inmobiliaria) el suelo para la actividad urbanizadora y constructora ha crecido más de tres veces el incremento poblacional registrado en los municipios litorales.
Este deterioro del litoral, reconocido por la Unión Europea y por las organizaciones no gubernamentales más importantes, ha hipotecado gravemente este territorio, dejándolo en manos de las fuerzas del mercado, lo que significa que en menos de 20 años el sellado de suelo del litoral, con la excepción de los parques naturales, sería total, produciendo un menoscabo irreversible de sus valores ambientales, territoriales y paisajísticos.