VALÈNCIA. El juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, encargado del caso Taula, ha procesado a alrededor de medio centenar de personas, entre ellas los concejales y asesores del PP de la última etapa de Rita Barberá en el Ayuntamiento de València, por blanqueo de capitales. También al propio partido, que se encontraba imputado en esta pieza de la causa como persona jurídica por los hechos de 2015. Una decisión que supone el paso previo a la apertura de juicio oral.
El llamado auto de procedimiento abreviado conocido este martes y esperado desde hace mucho tiempo llega casi seis años después del estallido de la operación. En enero de 2016, se produjeron las detenciones de más de 20 cargos y excargos populares por una supuesta trama de corrupción en varias administraciones públicas consistente en la adjudicación de contratos a cambio de comisiones ilegales.
En los meses posteriores los hechos se fueron concretando con la conformación de piezas separadas y una de las que se desgajó fue la del presunto blanqueo en el Ayuntamiento de València, que se convirtió en la más mediática de la macrocausa por sus protagonistas: casi 50 imputados –entre ellos nueve de los diez ediles del PP de la pasada legislatura–, asesores y la secretaria del grupo municipal, Mari Carmen García Fuster. De acuerdo con el juez y la Fiscalía, todos ellos habrían realizado una aportación de mil euros para la campaña electoral de 2015 que después se les habría devuelto en dos billetes de 500. En total, un supuesto blanqueo de 50.000 euros.
La Guardia Civil comprobó cómo una parte importante de los gastos eran pagados a través de una cuenta diferente bajo la titularidad del grupo municipal, pero fuera del control de cualquier órgano fiscalizador (puesto que la ley impide abrir una cuenta al margen del partido). En la conocida como 'cuenta opaca' se habría ingresado el dinero que recogía el supuesto recaudador del PP –el exvicealcalde de València Alfonso Grau– y a ella también fueron a parar las donaciones de los concejales y asesores.
El auto, al que ha tenido acceso Valencia Plaza, explica que "la operativa decidida y seguida en este caso para ingresar dinero de procedencia ilícita (50.000 euros en efectivo a disposición de la investigada Mari Carmen García Fuster) en el circuito económico consistió en utilizar a 50 personas fuertemente vinculadas al grupo municipal popular". El fin era, expone, "que para que bajo la apariencia de aportaciones voluntarias a la cuenta del Banco Sabadell" se engrosara la cuenta bancaria, "deduciéndose de lo actuado que en realidad no eran donaciones, sino que la citada investigada procedió a devolver las sumas de 1.000 ingresadas en billetes de 500 euros".
El hecho de ese ingreso, indica el juez, está "plenamente acreditado y reconocido", algo que en sí mismo no constituía delito en el momento en el que ocurrió. Lo que sí lo sería es la cuestionada existencia de la devolución en metálico por parte de García Fuster. Algo que "representa el acto de encubrimiento del origen ilícito" de esas cantidades, en opinión del magistrado.
Como indicios suficientes de esa devolución menciona cinco. Primero, el reconocimiento de una de las imputadas de que eso se produjo. Segundo, las declaraciones testificales de cuatro asesores que, "más allá de negarse a contribuir y callar, con suficiente coherencia relatan al detalle las instrucciones recibidas, las personas que se las transmitieron y las difíciles circunstancias de su negativa", indica el auto. Testimonios en los que, añade, "no se aprecia, ni subjetiva ni circunstancialmente, elementos de animosidad o malquerencia".
Tercero, las conversaciones telefónicas mantenidas por la exconcejal María José Alcón con su hijo y su hermana, así como la conversación de whatsapp en la que algunos de los imputados hacen broma de la devolución de los billetes de 500. Cuarto, el hecho de que varios donantes, supuestamente desobedientes a las instrucciones recibidas, bien por necesidad o simplemente por la molestia de conservar y la dificultad de de cambiar billetes de 500, "decidieran por su cuenta y riesgo ingresarlos en el banco, desoyendo las advertencias". Y, quinto, que por esos días se remitiese y se recibiera un escrito en la Fiscalía denunciando esta operativa que se estaba tramando en el seno del grupo municipal del PP, según el denunciante anónimo.
Si los citados indicios apuntan a que esa entrega se produjo, razona el juez, la siguiente cuestión es si se recogieron los billetes por parte de todos los investigados o no. Bajo su punto de vista, las instrucciones se dieron de manera indiscriminada sin distinguir niveles jerárquicos. Y, aunque entiende como "posible" que algunos de los imputados no fueran finalmente al despacho de García Fuster, ve como "probabilidad razonable" la participación de todos los donantes.
El magistrado señala igualmente que la procedencia delictiva del dinero se fundamenta en la "actividad desplegada como recaudador" por el exvicealcalde de València Alfonso Grau, el cual "presuntamente malversó y fue cohechador pasivo". Y sostiene una de las cuestiones de mayor importancia del auto: que el delito de blanqueo se comete a sabiendas de la procedencia delictiva del dinero.
En cuanto al papel del PP, el juez se pregunta qué razones existen para que un partido "deba estar en posesión de dinero oculto procedente de desinteresados y oscuros donantes". Pero "más sorprendente es todavía", dice, "que esas cantidades se oculten, y trafique con ellas no en la sede del partido, sino en un grupo municipal".
El instructor ha decretado el sobreseimiento libre de las actuaciones contra María José Alcón y Emilio del Toro al haber fallecido y el sobreseimiento provisional y parcial de las mismas en relación a otros cinco: Juan José Medina, José Antonio Moscardó, Carmen Navarro, Monsterrat Tello y Elena Rodrigo. También a la exedil Beatriz Simón en lo que respecta al delito de malversación.
Asimismo, ha determinado la reapertura de la causa contra Miguel Domínguez, quien en el momento de la investigación era diputado autonómico y, por tanto, aforado ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.