VALÈNCIA. El PP ha presentado un recurso contra su procesamiento como persona jurídica por presunto blanqueo de capitales en la pieza A del caso Taula. En él pide el sobreseimiento y asegura que fue ajeno a la hipotética comisión de los hechos que se relatan.
El juzgado de Instrucción número 18 de Valencia notificó la semana pasada el auto de procedimiento abreviado –el paso previo para la apertura de juicio oral– en el que acusó a medio centenar de personas de ese delito. Entre ellos, exconcejales y asesores populares en el Ayuntamiento de València.
Entre ellos incluía al PP por los hechos que tuvieron lugar en 2015, cuando varios miembros del grupo municipal donaron mil euros para la campaña electoral que, de acuerdo con la investigación, les fueron devueltos en dos billetes de 500. Se trató del primer procesamiento para la formación dentro de la macrocausa.
El magistrado lo fundamentaba en el artículo 302 del Código Penal, que detalla que se puede atribuir responsabilidad a personas jurídicas por el delito de blanqueo en varios supuestos, como que se hayan beneficiado de él o que hayan eludido los deberes de supervisión, vigilancia y control. Algo que consideraba que en el caso del PP se cumplía.
En el recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, el partido cree, por contra, que no concurren esos elementos porque no se ha imputado la supuesta comisión de ningún delito de blanqueo de capitales a ningún representante legal, administrador o empleado del PP. Tampoco, añaden, ningún representante legal, administrador o empleado del PP, en el ejercicio de las actividades sociales, ha cometido delito de blanqueo en nombre y en provecho de la persona jurídica.
Sus líneas básicas de defensa son dos. De un lado, que no ha quedado acreditada la ausencia de control interno del partido tras la aportación de documentación que consta en la causa y las declaraciones del representante jurídico Jorge Carbó y del auditor interno Carlo Lucca en sede judicial. Así, señalan que existía un sistema adecuado de vigilancia que fue el que se aplicó a todos los niveles.
"Los hechos objeto de investigación no se realizaron por cuenta ni en provecho de la persona jurídica porque se gestan dentro del grupo municipal "a espaldas y con absoluto desconocimiento del partido"
De otro, el PP se desvincula totalmente de la actuación de sus cargos en el Ayuntamiento de València y únicamente se defiende a sí mismo. En este sentido, destaca que los hechos objeto de investigación no se realizaron por cuenta ni en provecho de la persona jurídica porque, de haber tenido lugar, se gestan dentro del grupo municipal "a espaldas y con absoluto desconocimiento del partido". "La única razón de imputar un delito de blanqueo al PP es que el auto lo confunde con el grupo municipal, a pesar de que es una institución distinta y diferenciada del partido", apunta.
Como ejemplo, citan la llamada "cuenta opaca" que funcionaba dentro del grupo municipal –manejada por la exsecretaria Mari Carmen García Guster– al margen de la fiscalidad oficial y a la que iban a parar tanto las aportaciones de mil euros como el dinero presuntamente ilícito para financiar las campañas electorales. "El PP persona jurídica no tenía –ni podía tener– ningún control sobre la misma y sobre los ingresos que en ella se realizaran, puesto que ni siquiera conocía de su existencia", afirman.
A lo que añaden que "resulta evidente que las transferencias que hubiesen realizado los concejales y asesores del grupo municipal a favor de dicha cuenta ni se habrían efectuado en nombre o por cuenta del PP como persona jurídica –sino para sufragar, en su caso, gastos de algunos miembros del grupo– ni, por supuesto en su provecho". "Al carecer de poder de disposición sobre dicha cuenta, difícilmente podrían beneficiarse de los importes que se ingresaran en la misma, aún en el caso de que los hubieran conocido", aseguran.
En el recurso comentan, del mismo modo, que no ha quedado indiciariamente acreditado el origen delictivo de los fondos que habrían sido supuestamente blanqueados.