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CORRUPCIÓN
VALÈNCIA (EP). La sección cuarta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) cuestiona al Síndic de Greuges por examinar una queja contra la Agencia Valenciana Antifraude al estar pendiente una resolución judicial.
Así se desprende de la providencia, en la que el tribunal no da por aportado el informe emitido por el Síndic de Greuges respecto a la queja presentada por el grupo parlamentario popular sobre la actuación de Antifraude con respecto a la entrega de expedientes que están incursos en un procedimiento de investigación abierto y en tramitación.
El TSJCV cuestiona que el Síndic de Greuges haya admitido y resuelto esta queja, ya que resulta contrario al artículo 17.2 de la Ley 11/1988, de 26 de diciembre, en el que se impide a esta institución entrar a examinar una queja que está pendiente de resolución judicial, pues no se puede a través de ello condicionar en modo alguno el trabajo y la decisión del tribunal, que debe garantizar su independencia.
La advertencia relativa a que el Síndic de Greuges debía observar lo dispuesto en su ley reguladora y abstenerse de entrar en el conocimiento de la queja, pendiente de resolución judicial firme, fue efectuada por la Agencia Valenciana Antifraude por tres veces, en escritos dirigidos al Síndic de Greuges de 2 de marzo, de 30 de abril y de 1 de junio, ha recordado la agencia en un comunicado.