La Audiencia mantiene en libertad a Zaplana al no apreciar riesgo de fuga

11/11/2024 - 

VALÈNCIA (EP). La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha decidido mantener la libertad provisional al expresidente de la Generalitat Valenciana y exministro con el PP Eduardo Zaplana, condenado por la trama de las ITV en el caso Erial, al no apreciar riesgo de fuga.

Zaplana fue condenado a 10 años y cinco meses de prisión y al pago de una multa de más de 25 millones de euros por el caso Erial, en una sentencia que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. No obstante, la Fiscalía Anticorrupción pidió una vistilla para valorar su ingreso en prisión hasta que se pronuncie el Alto Tribunal.

La vistilla se celebró el pasado jueves y, en la misma, Anticorrupción pidió el ingreso inmediato en la cárcel de Zaplana para evitar que se fugue, como lo hizo José María Tabares, condenado en el caso Ivex; mientras que su defensa se opuso alegando que no existía esta posibilidad por su enfermedad y por arraigo familiar: "No hay ni el más mínimo indicio de riesgo. Tiene su casa, su familia, su medio de vida, la pensión que se le ingresa en una cuenta, todo lo tiene en España", dijo.

Por su parte, Zaplana hizo uso de palabra y manifestó que no tenía intención de fugarse del país: "No está en mi ánimo fugarme", subrayó. Además, recalcó que si Tabares tuvo un procedimiento judicial fue precisamente porque la Generalitat que él presidía presentó una querella.

El tribunal, tras estudiar todos los argumentos, ha acordado dejar en libertad provisional sin fianza a Zaplana con la imposición de algunas medidas cautelares como la retirada de pasaporte, la prohibición de salida del territorio nacional y la comparecencia mensual en sede judicial, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

La Audiencia ha adoptado esta decisión al no apreciar riesgo de fuga puesto que, hasta ahora, el 'expresident' no ha llevado a cabo ningún acto tendente a eludir la acción de la Justicia, ha comparecido en todas las sesiones de juicio y ha respondido a cualquier llamamiento judicial.

Arraigo familiar y médico

El tribunal indica en su resolución, consultada por Europa Press, que las penas impuestas a Zaplana son de "gravedad suficiente" para poder entender "justificada" la petición que efectúa el fiscal de prisión provisional ante el riego de fuga "por no estar dispuesto el condenado a cumplir tales penas".

No obstante, señala que resulta "indudable" que Zaplana goza de arraigo familiar, social e, incluso, médico en el territorio nacional, "arraigo que hace difícil pensar en que vaya a abandonar el territorio nacional para evitar cumplir las penas que le han sido impuestas", señala.

Por otro lado, el tribunal indica que su patrimonio en el extranjero y en territorio nacional ha sido ya intervenido mediante los comisos y las medidas cautelares reales adoptadas en esta causa y se encuentra a disposición de la justicia española, lo que también reduce sus capacidades económicas a la hora de planificar una salida del territorio nacional, "que no consta en modo alguno que haya intentado", apostilla.

En esta línea, indica que en el transcurso del tiempo, desde que se acordó su libertad provisional hasta la actualidad, "ahonda en la consideración de que no ha mostrado Zaplana ningún gesto o signo que nos lleve a considerar que tenga intención de eludir la acción de la justicia y no aceptar el cumplimiento de las penas a las que se le ha condenado, una vez sean declaradas firmes".

"Y decimos esto --agrega-- porque resulta de la pieza separada de situación de Zaplana que desde el auto de 7 de febrero de 2019, por el que se acuerda su libertad provisional, con las medidas cautelares de retirada del pasaporte con prohibición de salida del territorio nacional y obligación de comparecencia apud acta semanalmente, todos los lunes en el juzgado de su domicilio, por parte del mismo se ha estado cumpliendo puntualmente con dicha obligación".

Así, el tribunal estima que el 'expresident' "ha estado a disposición de la justicia, estuvo presente en las sesiones del juicio oral y no ha faltado a ningún llamamiento judicial". Incluso cuando su línea de defensa pudo verse comprometida, al aceptar algunos de los acusados su responsabilidad en los hechos por los que se les acusaba en el juicio, por parte de Zaplana "no se llevó a cabo ninguna actuación tendente a aludir la acción de la justicia", asevera.

Y tampoco, añade, "lo ha hecho una vez conocida la solicitud del ministerio fiscal de celebración de la vistilla, habiendo comparecido al acto y estando de nuevo a disposición de esta Sala, lo que nos lleva a la convicción de que el aludido riesgo de fuga es inexistente y no justifica la medida cautelar interesada de prisión provisional", concluye.

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