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sentencia favorable a los centros comerciales

Alicante se inclina por dar libertad sólo a El Corte Inglés y recurrirá el fallo que permite abrir a todos      

Al menos PSOE y Compromís, los dos socios que suman mayoría en el tripartito, apuestan por ratificar la nueva propuesta de libertad comercial únicamente para el centro y Maisonnave pese a que una juez reconoce el derecho a disponer de ese mismo régimen a Plaza Mar 2, Gran Vía y Puerta de Alicante sin acordar una indemnización. El equipo de Gobierno baraja recurrir esa sentencia hasta la última instancia posible y aprobar esa nueva zona ZGAT la próxima semana

9/11/2016 - 

ALICANTE. La sentencia conocida este martes que reconoce el derecho a tres centros comerciales de Alicante a abrir en domingos y festivos con el mismo régimen de libertad horaria del que ya disfrutan los comercios del Centro Tradicional y El Corte Inglés no cambiará, en principio, la posición política mayoritaria asentada el seno del equipo de Gobierno. Salvo que la asesoría jurídica del Ayuntamiento recomiende lo contrario, PSOE y Compromís (dos de los tres socios del tripartito que suman mayoría en las decisiones internas) siguen apostando por aprobar la misma propuesta de liberalización de horarios comerciales que quedó aprobada por una holgada diferencia hace dos semanas en el Consejo Local de Comercio. El debate se saldó entonces con el voto en contra del tercer pivote del equipo de Gobierno: Guanyar. 

Según las fuentes municipales consultadas, el acuerdo debería quedar ratificado ahora en la próxima Junta de Gobierno, el martes que viene -previsiblemente con el mismo voto en contra de Guanyar-, después de que se haya completado la confección del expediente: el motivo que se ha esgrimido desde la Concejalía de Comercio para justificar una demora de cerca de 15 días en su aprobación definitiva.

Como publicó Alicante Plaza, esa nueva propuesta de delimitación de la llamada Zona de Gran Afluencia Turística (ZGAT) coincide en su ámbito territorial con la que aprobó el PP en 2013 y que, tras la sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 4, quedaría deslegitimada. La ZGAT seguirá dando carta blanca para abrir los 365 días del año sólo a los comercios instalados en el Centro tradicional, lo que incluye a la avenida de Maisonnave (la principal arteria comercial de la ciudad) y a las dos tiendas de El Corte Inglés que la flanquean. La única diferencia respecto a la fórmula acordada por el PP bajo el mandato de Sonia Castedo es que queda vinculada a un doble compromiso: el de la contratación para cubrir necesidades de plantilla durante los festivos y el de favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar de los empleados, de modo que sólo queden forzados a trabajar un máximo de 11 festivos al año.

El portavoz del tripartito y líder de Compromís, Natxo Bellido, confirmó que, a su juicio, esa continúa siendo la opción menos mala, en la tesitura de tener que aceptar por imperativo al menos la declaración de una zona ZGAT, de acuerdo con la Ley de Horarios Comerciales aprobada en 2014. "Para nosotros, y especialmente para Compromís, que ya ha manifestado en Madrid su oposición a la liberalización comercial, ya fue un esfuerzo considerable tener que asumir esta propuesta, así que entendemos que no debemos ir más allá", añadió.

En esta línea, todo parece indicar -una vez más, siempre que la asesoría jurídica municipal no aconseje lo contrario- que, en el plazo de 15 días, el tripartito recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) el fallo favorable a las tres grandes superficies que impugnaron la primera ZGAT para poder acogerse a la libertad horaria en igualdad de condiciones. Así lo ha venido avanzando, de hecho, el propio alcalde y edil de Comercio, Gabriel Echávarri (PSOE), al anticipar una larga batalla legal con sucesivos recursos muy probablemente hasta completar el recorrido por todas las instancias judiciales posibles. El primer edil ha llegado a admitir que existen muchas posibilidades de que, al final de ese camino, no quede otra salida que extender la libertad comercial a todas las grandes superficies porque cumplen los requisitos legales para poder acogerse. Sin embargo, con esa estrategia el tripartito confía en ganar tiempo y favorecer la generación de empleo en lo que podría convenirse como ciertas condiciones de calidad

Está por ver cuál podría ser la posible consecuencia legal en la que se podría incurrir si se acuerda una medida que volvería a excluir del régimen de libertad comercial a los mismos tres centros comerciales recurrentes, a sabiendas de que ya existe una sentencia que les reconoce expresamente el derecho a ser incluidos

Está por ver, no obstante, cuál podría ser la posible consecuencia legal en la que se podría incurrir si se acuerda una medida que volvería a excluir del régimen de libertad comercial a los mismos tres centros comerciales recurrentes a sabiendas de que ya existe una sentencia que les reconoce expresamente el derecho a ser incluidos. Ese es, en realidad, el gran dilema que debe resolver el equipo de Gobierno en los próximos días.

Cinco informes favorables y tres de ellos del Ayuntamiento 

Lo cierto es que la sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 4 deja meridianamente claro que la ley asiste a la reclamación de las tres grandes superficies recurrentes: Plaza Mar 2, Gran Vía y Puerta de Alicante. Su titular, la juez Begoña Calvet, resuelve que las tres cumplen varias de las condiciones requeridas para disfrutar del régimen de libertad horaria (basta que se cumpla una) a la vista de las conclusiones recogidas en hasta cinco informes. Sorpresivamente, tres de ellos fueron evacuados por otros tantos brazos del propio Ayuntamiento que, pese a todo, acabó denegando la solicitud. Primero por silencio administrativo. Es decir, sin llegar a contestar formalmente, bajo el mandato del PP. Y después, de manera expresa, en octubre de 2015, entonces con el tripartito en el poder (los centros comerciales presentaron el recurso, alegando arbitrariedad y falta de motivación, sobre la base de la denegación por silencio administrativo el 19 de mayo de 2015, a una semana de las elecciones municipales, y lo ampliaron después con la resolución denegatoria expresa, ya con el nuevo Gobierno tripartito).

Por partes. En primer lugar, la sentencia hace referencia en primer lugar al informe emitido por el Patronato Municipal de Turismo el 2 de enero de 2015, con el PP al frente del Ayuntamiento. Ese dictamen constata "la efectiva existencia de plazas en alojamientos y establecimientos turísticos o segundas residencias" en el área de influencia de los tres complejos. El segundo informe citado en la resolución judicial es el evacuado por la Concejalía de Comercio, el 10 de febrero de 2015, también con el PP en la Alcaldía. Su conclusión es que "considerando el municipio en toda su totalidad geográfica, este cumple la mayoría de los criterios establecidos" en la Ley, por lo que recomienda no denegar la solicitud presentada. El tercer informe corresponde al departamento de Patrimonio Cultural. Con fecha de 16 de marzo de 2015 (también en la era PP), resuelve que "el área de afección del centro comercial Plaza Mar 2 y Puerta de Alicante cuenta con protección integral dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento", lo que acreditaría otra de las exigencias para optar a la libertad de horarios.

Los otros dos informes, aportados como elementos probatorios por la representación legal de los centros comerciales, no son menos destacables. El primero es el firmado por los expertos de la  Universidad de Alicante (UA), Jesús Quesada y Pablo Martí, en el que también se ratifica que se cumplen las condiciones requeridas para que se les autorice a abrir en domingo. Y el segundo, emitido por la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado el 10 de febrero de este año, añade que en la delimitación de las zonas de gran afluencia turística, las autoridades "deben tener en cuenta los criterios de necesidad y proporcionalidad" y subraya que el Ayuntamiento se había "comprometido a revisar la delimitación de la ZGAT" en el maco de esos principios.

Derecho sin indemnización... por ahora

Con toda esa argumentación, el fallo estima parcialmente el recurso de las grandes superficies y anula el acuerdo de 29 de octubre de 2015 por el que el Ayuntamiento, con el tripartito en el poder, rechazó de manera expresa la petición de liberalización comercial sin "la necesaria motivación". La juez reprende expresamente al Ayuntamiento por no haber justificado en ningún momento los motivos de su denegación pese a que los servicios jurídicos municipales habían subrayado esa necesidad. Además, reconoce "el derecho de los recurrentes a que sea admitida su solicitud de ser incluidos en una zona de gran afluencia turística, por concurrir en las áreas en las que se encuentran ubicados, los requisitos establecidos en la Ley de Horarios Comerciales". 

Eso sí, la sentencia rechaza -al menos por ahora- la petición de indemnización incluida por los recurrentes en su reclamación por los supuestos daños y perjuicios ocasionados en el rechazo a su solicitud de libertad horaria. La juez la desestima por dos cuestiones de procedimiento: primero, que los centros comerciales no incluyeron esa petición indemnizatoria en el recurso que presentaron ante el Ayuntamiento (y, en consecuencia, no podían incorporarla ex profeso ahora); y segundo, que se trata de una petición "planteada de manera genérica, sin concretar cuáles son los daños presuntamente causados" ni precisar cómo se pretenden cuantificar, sin que corresponda aplazar su determinación en la fase de ejecución de sentencia. No obstante, la juez sí abre la puerta a que los centros comerciales planteen "la oportuna reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración", primero en vía administrativa (es decir, con una petición formal ante el ayuntamiento que hasta ahora no ha existido) y después "en sede jurisdiccional". 

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