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sentencia del juicio al 'procés'

El Supremo condena a Oriol Junqueras a 13 años de prisión, 11,5 a Forcadell y 9 a los 'Jordis'

14/10/2019 - 

MADRID (EP). La Sala de lo Penal Tribunal Supremo que juzgó el 'procés' independentista en Cataluña ha condenado por unanimidad al exvicepresident de la Generalitat Oriol Junqueras a 13 años de prisión y 13 de inhabilitación absoluta por delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación de fondos públicos agravado en razón de su cuantía. Por los mismos delitos ha condenado a los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa Rors Bassa a las penas de 12 años de prisión y 12 de inhabilitación absoluta.

Asimismo, por los mismos hechos ocurridos durante el otoño de 2017 en Cataluña ha condenado por el delito de sedición a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell a las penas de 11 años y 6 meses de prisión e igual tiempo de inhabilitación absoluta; a los también ex consejeros Joaquim Forn y Josep Rull se les absuelve de malversación y son condenados a las penas de 10 años y 6 meses de prisión y 10 años y 6 meses de inhabilitación absoluta; mientas que los líderes sociales a Jordi Sánchez (Asamblea Nacional Catalana) y Jordi Cuixart (Ómnium Cultural) a las penas de 9 años de prisión y 9 años de inhabilitación absoluta.

En cuanto a los exconsejeros que siguieron el juicio en libertad, Santiago Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó, son condenados cada uno de ellos como autores de un delito de desobediencia a las penas de 10 meses de multa, con una cuota diaria de 200 euros, y un 1 año y 8 meses de inhabilitación especial. Todos ellos también son absueltos de malversación.

El juicio quedó visto para sentencia el pasado mes de junio, cuatro meses y 52 sesiones después de su arranque el 12 de febrero de este mismo año. Desde entonces el tribunal ha estado deliberando por bloques jurídicos y este último fin de semana los magistrados realizaron una última lectura del texto. .No obstante, no pudieron evitar que se filtrara a los medios que la rebelión había sido descartada y las condenas serían por sedición.

Este mismo lunes a primera hora, los magistrados Manuel Marchena, Antonio del Moral, Luciano Varela, Andrés Palomo, Andrés Martínez Arrieta, Ana Ferrer y Juan Ramón Berdugo han firmado la resolución, que ha empezado a ser comunicada a las partes.

La sedición se regula en el artículo 544 del Código Penal, se aplica a quienes se alcen "pública y tumultuariamente" para impedir "por la fuerza o fuera de las vías legales" el cumplimiento de las leyes o el ejercicio de las funciones a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público.

Fracasó la opción de la Fiscalía

Al optar por este delito, cuya aplicación es la que ha logrado la unanimidad de los siete magistrados que integran el tribunal, desde los Servicios Jurídicos del Estado se reclamaron penas rebajadas casi a la mitad con respecto a las instadas en su día por el Ministerio Público, que llegaban a los 25 años de cárcel en el caso de Junqueras.

La sedición, recogida en el capítulo de delitos contra el orden público del Código Penal, se castiga con penas de prisión de 8 a 10 años a quienes hayan "inducido, sostenido o dirigido" la sedición y con la de 10 a 15 años de prisión a las personas "constituidas en autoridad". Al aplicar la sedición en concurso medial con el de malversación -que es lo que solicitó la Abogacía del Estado, y además de formar agravada, las penas de cárcel han superado solicitado por los Servicios Jurídicos del Estado para cada uno de los encausados.

 

Torra pide una reunión urgente con el Rey y Sánchez

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha anunciado este lunes que remitirá una carta al Rey y otra al presidente en funciones del Gobierno, Pedro Sánchez, para pedir reuniones urgentes con ellos para abordar la "crisis" que se abre con la sentencia del Tribunal Supremo contra los impulsores del 1-O.

Lo ha dicho en una declaración institucional en la Galeria Gòtica del Palau de la Generalitat tras conocerse la sentencia a los impulsores del 1-O que les condena a penas de 9 a 13 años de cárcel, y lo ha hecho acompañado de los miembros del Govern, y del presidente del Parlament, Roger Torrent, entre otros.

Torra también ha anunciado que ha pedido a Torrent comparecer ante el pleno de Cámara catalana y también una reunión extraordinaria del Consell Executiu para el martes por la mañana.

La Generalitat puede ya conceder este enero beneficios penitenciarios a los 'Jordis' y en 2021 a Junqueras

Los Servicios Penitenciarios de la Generalitat de Cataluña tienen en su mano conceder desde el próximo mes de enero los primeros beneficios penitenciarios a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, condenados a nueve años de prisión por el Tribunal Supremo. Oriol Junqueras, que es quien tiene la condena más alta --13 años--, podrá acceder a estos permisos a partir de enero de 2021.

A los condenados a entre 13 y nueve años de prisión hay que descontarles el tiempo que llevan en prisión preventiva, desde el 16 de octubre de 2017 en el caso de los 'Jordis' y desde el 2 de noviembre de ese año para el resto de penados.

De esta forma, según los cálculos realizados por fuentes jurídicas y penitenciarias consultadas por Europa Press, Junqueras puede tener los primeros beneficios aproximadamente en enero de 2021; Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa, en noviembre de 2020; Carme Forcadell, en julio de 2020; Joaquim Forn y Josep Rull, en mayo de 2020; y Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, en enero de 2020.

Sin periodo de seguridad

El Tribunal Supremo ha rechazado aplicar a los condenados por el 'procés' independentista en Cataluña el artículo 36.2 del Código Penal, que supondría que tengan que cumplir la mitad de la pena impuesta para poder acceder al tercer grado, tal y como solicitó la Fiscalía durante su exposición de conclusiones finales en el juicio contra los doce líderes independentistas.

Según explican a Europa Press diversas fuentes jurídicas y penitenciarias, esto valida a la Generalitat tanto a conceder el primer permiso penitenciario una vez completado la cuarta parte de la condena como a clasificar directamente con un tercer grado --régimen de semilibertad-- a los penados, "sin límite temporal ninguno ni tener que ser clasificados antes en segundo grado".

Estas fuentes precisan que el alto tribunal ha rechazado aplicar el conocido como "periodo de seguridad", que es como se conoce a la potestad del juez o el tribunal para ordenar que la clasificación de tercer grado no se efectúe hasta el cumplimiento de la mitad de las penas cuando la duración de la misma sea superior a cinco años, como es el caso de los líderes del 'procés', condenados a entre 13 y nueve años de prisión.

La Fiscalía puede recurrir ante el juez de Vigilancia los beneficios penitenciarios que se conceda a los presos, pero el recurso en sí mismo no paraliza su concesión hasta que no haya nueva resolución judicial, como ocurrió, por ejemplo, con el tercer grado de Oriol Pujol. Las citadas fuentes cuestionan que el recurso del Ministerio Público pueda tener recorrido ya que el Supremo explica al rechazar el artículo 36.2 que, una vez que han sido inhabilitados -- también a entre 13 años y ocho meses-- no existe riesgo de que los políticos vuelvan a cometer el mismo delito ejerciendo un cargo público.

 

Desde el tercer grado a las salidas tratamentales

También subrayan estas fuentes que los Servicios Penitenciarios no tienen limitación, más allá del régimen penitenciario y la ley orgánica, para aplicar diferentes posibilidades para hacer efectivo un régimen de semilibertad por la concesión del tercer grado, que va desde la salida de prisión durante el día a disponer de una pulsera telemática para cumplir la condena desde tu domicilio.

Si se opta por la clasificación en tercer grado, el preso puede disponer de permisos un máximo de 48 días al año. Si la clasificación inicial es en segundo grado, esta cifra se reduce hasta los 36 días de máximo al año. Los días se reparten en bloques que no pueden superar los siete días seguidos.

También existen posibilidades para flexibilizar la situación en prisión en aplicación de los artículos 100.2 (que mezcla ventajas del tercer grado aun estando clasificado en segundo grado) y 117, que fue el que se aplicó a Iñaki Urdangarin para abandonar dos veces a la semana la prisión en lo que se conoce como salidas tratamentales en ONG o centros adscritos.

Cuando la sentencia del Tribunal Supremo llegue a las cárceles catalanes empezará a contabilizarse el tiempo por el que, con un máximo de dos meses, las juntas de tratamientos tienen que proponer la clasificación de grado de forma individualizada para cada uno de los penados.

Los nueve líderes políticos condenados este lunes por delitos de sedición y malversación se encuentran desde junio, cuando concluyó el juicio en el Supremo en cárceles catalanas. En concreto, en Lledoners (Barcelona) se encuentran los exconsejeros Oriol Junqueras, Raül Romeva, Josep Rull, Jordi Turull y Joaquim Forn, y también los representantes de ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart.

La exconsellera de Trabajo Dolors Bassa se encuentra en la cárcel Puig de les Basses de Figueres (Girona) y la expresidenta del Parlament Carme Forcadell en la de Mas d'Enric de El Catllar (Tarragona).

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