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un cliente de la promotora también denuncia el incumplimiento del convenio

El Supremo 'convierte' a los compradores de viviendas de Nou Temple en acreedores

20/05/2017 - 

ALICANTE. Los compradores de viviendas de la promotora Nou Temple que esperan la entrega del inmueble por el que pagaron deben ser considerados también acreedores a efectos del convenio con el que la firma valenciana salió de concurso en 2010. Así lo establece una sentencia del Tribunal Supremo a la que ha tenido acceso Alicante Plaza, tras el recurso de un particular que intentó solicitar ante el juez de lo Mercantil el incumplimiento del convenio, como han hecho otros pequeños acreedores y el fondo Aiqon Capital

El citado particular, que espera la entrega de una vivienda en una promoción de Nou Temple en la localidad valenciana de La Pobla de Farnals desde 2006, presentó en 2015 una solicitud de incumplimiento del convenio ante el juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia, que instruye el concurso de la promotora, pero el juez lo descartó (en febrero del pasado año) porque los clientes de la promotora, a juicio del magistrado, "no son acreedores dinerarios, y por ende no vienen afectados por la sentencia de convenio y por las quitas y esperas allí contempladas". Es decir, que no estaban legitimados para impugnar el convenio.

Sin embargo, unos meses después el Supremo dio la razón al citado cliente de Nou Temple, al considerar que sí está afectado por el convenio, dado que éste establece un plazo de ocho años (que vence en junio de 2018) para la entrega de las 28 viviendas objeto de la promoción en la Pobla de Farnals. De modo que el cliente ha vuelto a acudir al juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia con el fallo del Supremo como argumento, para denunciar la "inactividad" de la promotora desde que se aprobó el convenio en 2010, al igual que han hecho los otros acreedores que han solicitado el incumplimiento. Una inactividad que, a juicio del denunciante, motiva que el convenio vaya a incumplirse, puesto que no podrán entregarse las viviendas.

Esta misma semana, según ha podido confirmar este diario, el juzgado ha dado trámite a la solicitud de incumplimiento del convenio formulada por este particular, que se une a las planteadas por otros pequeños acreedores de la Marina Alta y el fondo Aiqon Capital, que compró a Catalunya Caixa la deuda de la promotora. En este caso, la solicitud se dirige solo contra Promociones Nou Temple S.L., que es con la sociedad que se firmó el contrato de compraventa. El resto de acreedores, por su parte, han presentado solicitudes de incumplimiento también contra las otras dos mercantiles del grupo: Grupo Temple Obras, Proyectos y Desarrollos Urbanísticos S.L.U. y Temple Servicios Inmobiliarios S.L.U.

Como en las anteriores, el juzgado ha otorgado a la promotora un plazo de diez días para presentar alegaciones. Como ya ha contado Alicante Plaza, Nou Temple ha informado al juez de que pretende vender sus promociones inacabadas a un fondo de inversión a través de la consultora Focus Capital, y de que en breve presentará un informe que demuestra que no está incumpliendo el convenio. La promotora ha negado en sus alegaciones que haya dejado de observar el calendario de pagos pactado con los acreedores, a pesar de que varios de ellos (proveedores, bancos, la Seguridad Social y hasta un administrador concursal) han trasladado este extremo al juez, al pedirle que requiera a la promotora para cumplir el convenio.

La promotora de Vicente Flames subió como la espuma entre 2006 y el estallido de la burbuj, con el exfutbolista del Valencia C.F. David Albelda como imagen publicitaria. Cuando entró en concurso en junio de 2008, la promotora dejó paralizadas una treintena de promociones en la Comunitat, Tarragona y Baleares, con más de 1.000 viviendas. Dos años después, en 2010, logró aprobar un convenio de acreedores que establecía una quita del 50% y el pago de los 80 millones de euros restantes en ocho años, con dos de carencia. El plazo vence en un año, y son varios los acreedores que han denunciado ya ante el juez el incumplimiento del calendario. Entre esos incumplimientos, el hecho de que las promociones paralizadas no se han retomado.

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