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el fallo retrotrae el proceso al momento de concretar la reclamación

El TSJ anula el fallo que condenó a Sanidad por las EPI e insta a reiniciar el pleito

12/05/2021 - 

ALICANTE. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha devuelto al punto inicial la reclamación del sindicato médico CESM contra la Conselleria de Sanidad por la falta de equipos de protección para el personal sanitario durante la primera ola de la pandemia del coronavirus, entre marzo y mayo de 2020. El Alto Tribunal anula la sentencia de primera instancia dictada por un juzgado de lo Social de Alicante, que condenaba a Sanidad a suministrar los citados equipos, y retrotrae el proceso al momento de concretar las reclamaciones económicas de los sanitarios por daños y perjuicios.

El fallo del TSJ, al que ha tenido acceso este diario, anula la sentencia de primera instancia y el posterior auto de aclaración, de finales de 2020, y retrotrae el procedimiento al momento de admisión de la demanda, de forma que abre un periodo para que el sindicato concrete su demanda de indemnizaciones por daños y perjuicios, "tanto por el sindicato demandante como por cada uno de los trabajadores en cuyo nombre e interés actúa". Una reclamación que se basa en los incumplimientos de la Conselleria en materia de prevención de riesgos laborales.

En realidad, el TSJ estima parcialmente tanto los recursos de la Conselleria, como demandada, como del sindicato demandante, pues la primera sentencia trató la reclamación como un conflicto colectivo, cuando a juicio del Alto Tribunal no lo es. De forma que anula todo el procedimiento a partir de ese momento y retrotrae las actuaciones al momento de concretar las reclamaciones de los médicos que se viesen afectados durante la primera ola por trabajar sin el adecuado equipo de protección.

La Sentencia dictada por el TSJ establece que es la jurisdicción social la que debe establecer tanto la infracción de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en cuanto a la falta de equipos de protección individual y protección colectiva, como el derecho de los médicos a los que representa el CESM a ser merecedores, en su caso, de una indemnización derivada de haber trabajado sin la protección adecuada.

"Todos recordamos cómo nuestros compañeros médicos, y también otro personal sanitario, tuvieron que hacer frente a la pandemia del covid-19, durante los meses de marzo a mayo de 2020, sin ningún tipo de protección", señala el sindicato en un comunicado remitido tras conocer el fallo. "Fueron momentos difíciles, en los que los profesionales se tuvieron que proveer de cualquier modo y forma para atender a los pacientes. Todos recordamos como se les negaban las mascarillas, los buzos, las gafas protectoras, los guantes, etc., y como tuvieron que fabricarlos con bolsas de basura, aceptar mascarillas caseras sin homologar, etc".

Ahora, casi un año después, el TSJCV "además de rechazar las múltiples trabas interpuestas por la Administración sanitaria, hasta incluso negar la evidencia", según los denunciantes, "rechaza sus alegaciones y devuelve la causa al Juzgado de Alicante a fin de que previa concreción de las indemnizaciones que a cada afiliado al sindicato que reclamó, proceda a fijar la cuantía a la que tienen derecho".

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