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excede el 20% de espacios destinados a zonas comunes

La Generalitat ordena a Calp que anule la licencia del hotel Suitopía por exceso de alturas 

20/01/2018 - 

CALP. Se había advertido en algún informe externo: el hotel Suitopía de Calp podía tener exceso de alturas. Hasta 13. Los grupos de la oposición municipal, PSPV, Compromís y Sí Se Puede, lo hicieron llegar a la Conselleria de Viviendas, Obras Públicas y Ordenación del Territorio y ésta ha actuado: requiere al ayuntamiento que anule la licencia, o de lo contrario, irá a los tribunales. Además, la Generalitat también le ha requerido al consistorio que preside César Sánchez que le mande la licencia del hotel que impulsa AR&Hotels ante la posibilidad de que se repita el ejemplo; es decir, que autorice un hotel con más del 20% de su edificabilidad destinado a zonas comunes.

La Conselleria de Ordenación del Territorio recuerda que el artículo 24.7 de las normas urbanísticas del PGOU de Calp establece lo siguiente: En edificación hotelera cuyos elementos y servicios cumplan con los requisitos fijados para los hoteles de 4 o mas estrellas en el Anexo I del Decreto 153/93, del Consell, regulador de los establecimientos hoteleros de la Comunitat Valenciana quedarán excluidos del cómputo de edificabilidad todos los elementos comunes y de servicio del edificio”.

Y también esgrime el artículo 24.8, que indica: “Cuando en aplicación de la presente normativa no quepa computar los elementos comunes de la edificación, la superficie total de esos elementos comunes no podrá exceder del 20% de la superficie computable”.

 A juicio de la Generalitat, "la licencia de obra concedida no tiene en cuenta el límite del 20% en el no cómputo de los elementos comunes y de servicios. Con el incumplimiento de este límite, se autoriza la construcción de un edificio de gran altura, que sobrepasa de forma muy considerable el resto de los de la playa de Calp y afecta negativamente a la visión del Penyon de Ifach y del horizonte de la localidad".

¿Por qué se actúa ahora que el edificio está acabado y en funcionamiento? La Generalitat recuerda que el artículo 244 de la Ley 5/2014 Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana (LOTUP) establece que "cuando la conselleria competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo tuviese conocimiento del otorgamiento de una licencia de obras u orden de ejecución que constituyan una infracción urbanística grave o muy grave, y siempre que existan intereses supramunicipales afectados, podrá formular el requerimiento de anulación o interponer recurso contencioso administrativo. Y eso es lo que ha hecho: actuar tras tener conocimiento de los posibles excesos de altura.

De acuerdo con lo establecido en el planeamiento municipal de Calp transcritos, el departamento que dirige María José Salvador entiende que "se ha producido una vulneración de los mismos, en tanto en cuanto el Ayuntamiento de Calp ha concedido una licencia municipal a la mercantil indicada, superando el límite del 20% de la superficie computable indicada en el artículo 24.8 de las normas urbanísticas". La concesión de la licencia municipal "ha incumplido una norma relativa a edificabilidad, ya que la no aplicación del límite del 20% supone un incremento de edificabilidad para el establecimiento hotelero reseñado, mas allá de lo permitido por el planeamiento municipal, lo cual supone una infracción grave conforme a la LOTUP", denuncia la Generalitat en el escrito remitido al consistorio calpino.

Por eso requiere al Ayuntamiento de Calp que, en un plazo de un mes, proceda a iniciar el procedimiento para declarar la nulidad del Decreto de 18/3/2016 del concejal por el que se concede licencia de edificación a la mercantil Tradia Hotel SLU para la construcción de hotel de 4 estrellas en el emplazamiento sito en Avda. Europa 2 (hotel “Suitopía”), por incumplimiento de la normativa enunciada o en su caso justifique la legalidad de dicho decreto.

También el proyecto de AR&Hotels

Además del hotel Suitopía, la Generalitat también ha requerido al Ayuntamiento de Calp que le facilite la licencia del hotel que impulsa AR&Hotels. Según la conselleria, "se trata de un hotel formado por 2 torres, licencia concedida sin cumplir el límite del 20% en el exceso de edificabilidad de los elementos comunes y de servicios podían, tener en los hoteles de 4 o mas estrellas". En opinión de la Generalitat, estas torres pueden incidir gravemente en el paisaje y la visión del parque natural Peñón de Ifach, tal y como ha denuncia el grupo Compromís en un recurso de reposición presentado ante la propia administración local.

 La Generalitat alega que, como no se dispone de documentación suficiente, para comprobar los hechos se requiere "al Ayuntamiento de Calp para que remita la licencia concedida recientemente al Grupo AR&Hotels para la construcción de un hotel formado por 2 torres, justificando la legalidad de dicha concesión en un plazo de 10 días".

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