VALÈNCIA (EP). La letrada de la Abogacía de la Generalitat ha sostenido este jueves en la exposición de sus conclusiones definitivas en el juicio por las presuntas irregularidades en subvenciones a ONG y el fallido hospital de Haití que las penas contempladas en los pactos alcanzados entre Fiscalía y gran parte de los procesados --entre ellos los principales, como el exconseller 'popular' Rafael Blasco-- "no son justas".
A su parecer, no caben las atenuantes de reparación parcial de los perjuicios ocasionados y reconocimiento tardío de los hechos y además no se debe calificar la actuación de los acusados como asociación ilícita dado que formaban "una verdadera organización criminal".
Así se ha pronunciado la abogada este miércoles durante una de las últimas jornadas de este extenso proceso, correspondiente al segundo juicio del caso, en el que se juzgan dos piezas del conocido como caso Cooperación --2 y 3-- por los delitos de prevaricación, cohecho, asociación ilícita, malversación, encubrimiento, fraude de subvenciones, blanqueo y falsedad documental.
Por estas piezas, Anticorrupción solicitaba 16 años de cárcel para Blasco y pedía como responsabilidad civil la cantidad de 4.639.840 euros a favor de la Generalitat. No obstante, la pena más elevada que reclamaba el fiscal era para Augusto César Tauroni, hasta 21 años y medio de cárcel.
Sin embargo, los acuerdos a los que han llegado estos acusados contemplan penas inferiores --de tres años y medio para los principales procesados--. Los acusados que han llegado a un acuerdo con la Fiscalía son, además de Blasco, Augusto César y Arturo Tauroni; la ex secretaria general de la Conselleria, Tina Sanjuán; el exjefe de área de Solidaridad, Marc Llinares, así como Alina Indiekina Lisenko y María Isabel Castillo López.
La representante legal de la Generalitat ha desgranado en su intervención las razones por las que no comparte el criterio del fiscal de Anticorrupción Jesús Carrasco para cerrar pactos con los principales protagonistas de esta causa. Ha tachado a estos procesados de "verdadera organización criminal" y, por ello, ha asegurado que "sí se puede dar el salto de asociación ilícita (como califica Fiscalía) a grupo o asociación criminal". Ha recordado, basándose en declaraciones testificales, que los acusados conformaron un "chiringuito" para repartir las subvenciones y ha apuntado que existe un "acervo probatorio" que ha repasado y que así lo demostraría.
La letrada ha argumentado también que "no pueden aplicarse" las atenuantes que se incluyen en los pactos de Fiscalía debido a que, en primer lugar, las confesiones de los procesados han resultado "inútiles". "Nada han aportado a la causa. No les quedaba más remedio que reconocerlo, está todo en los cajones", ha señalado. Por el contrario, se ha detenido para mostrar su agradecimiento a los funcionarios que han colaborado la justicia porque "han sido muy valientes".
Está en contra también de las conformidades porque, por ejemplo en el caso de Blasco, se modifica el modo de concurso del delito de asociación ilícita con los demás delitos, por lo que la pena de prisión "se unifica". Sin embargo, ha puesto de relieve que en el caso de Augusto César Tauroni y Llinares "no se unifica y la pena por asociación ilícita es independiente".
Igualmente, la abogada de la Generalitat ha destacado que en el pacto de Blasco figura que "no consta" que el exconseller "recibiera dádivas". Frente a ello, la letrada ha mantenido que estas "sí se han producido" y ha puesto sobre la mesa correos electrónicos que a su juicio "muestran que sí se produjeron entregas de dinero". En uno de ellos, por ejemplo se puede leer "cinco paquetes son para el 'conill' (conejo)" y, para esta parte, "gracias a declaraciones de María Isabel Castillo sabemos que cuando se refieren al 'conill' o a Roger Rabbit hablan de Blasco". "Hay indicios suficientes, Blasco ha obligado a Fiscalía a que esto no se recogiera", ha lamentado.
En cuanto a la reparación del daño, también ha cuestionado que se pueda aplicar una atenuante en este sentido, dado que el exconseller 'popular' ha ofrecido "inmuebles que son totalmente ajenos" y que la letrada, como representante de la Generalitat, "no puede aceptar".
Es el caso, ha expuesto, de un bajo arrendado a un negocio que no tiene licencia para ello y cuyo valor ha sido estimado en cerca de 100.000 euros menos por la Generalitat que por la tasación que aportó el acusado. Algo similar ha ocurrido con los hermanos Tauroni, que según ha dicho han aportado bienes en Miami sobre los que ya pesa una comisión rogatoria o incluso ya embargados. Tampoco se han cubierto todavía las responsabilidades civiles de la primera pieza, ha subrayado.
"No son se puede atender a la atenuante de reparación del daño si se han ofrecido daciones en pago sin la conformidad de la perjudicada, la Generalitat", ha zanjado sobre este asunto.
En cuanto a la responsabilidad civil solicitada por esta parte, de poco más de cinco millones y a la que se han adherido las otras dos acusaciones no sin los reproches de las defensas, la letrada ha puesto de relieve que las ONG que se hicieron con los proyectos de Cooperación "no disponían de la experiencia ni la estructura organizativa suficiente", por lo que "no se debían haber dado esas subvenciones" y esto justificaría la acusación por prevaricación.
Por esta razón, ha reconocido que se arrepiente del "quantum" de la responsabilidad civil, ya que "debería devolverse todo, porque ninguna subvención debía haberse dado". "Por tanto, me quedo corta con la responsabilidad civil. Podría haber pedido el quantum íntegro de las subvenciones después de todo lo que he visto en esta causa", ha resaltado.
De este modo, ha explicado que del gasto de 5.670.000 euros que destino la Conselleria que dirigía Blasco a proyectos de cooperación ha restado lo que considera que llegó a destino, un 10,32 por ciento. Por ello, ha cifrado el total de la responsabilidad civil en 5.035.942 euros. A ello se suma lo que solicita en concepto de daño moral y por la "desconfianza que se ha creado sobre las ONG", otros tres millones.
El órgano de asistencia jurídica advierte de que el régimen de multas puede ser considerado por el Constitucional contrario al principio de autonomía local y anima a la Generalitat a plantearse si las sanciones de un millón de euros son proporcionadas