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la juez argumenta que el actual administrador no se encontraba en la puerta de acceso

Absuelven a José Pastor de coaccionar a Carlos Turró cuando intentó entrar a las oficinas de Urbem

30/10/2020 - 

VALÈNCIA. La larga batalla accionarial por el control de la promotora valenciana Urbem continúa generando pronunciamientos judiciales por sus múltiples derivadas. En el último de ellos, la magistrada del Juzgado de Instrucción número 12 de Valencia ha absuelto de un delito leve de coacciones al actual administrador único, José Pastor, tras una querella interpuesta por el principal accionista de Cleop, Carlos Turró, e Inversiones Mebru.

Según constaba en el escrito inicial que dio origen a este procedimiento, el 4 de septiembre de 2018 Pastor impidió la entrada en las oficinas de Urbem a Turró, nombrado administrador de la entidad en una junta general celebrada el día anterior. Una conducta que, en opinión de los denunciantes, era constitutiva de un delito de coacciones y un delito societario. 

Tras la práctica de las correspondientes diligencias, en noviembre de 2019 se archivó la parte relativa a este último delito al no quedar acreditado que lo cometiese José Pastor, de modo que la causa siguió adelante en lo concerniente a las coacciones.  

El juicio se celebró el pasado 6 de octubre, donde Turró ratificó su denuncia y Pastor, defendido por el abogado Juan Carlos Navarro, negó que los hechos hubieran ocurrido de esa manera. La magistrada considera probado que Carlos Turró se desplazó hasta las oficinas de Urbem acompañado de un notario. En las puertas, que permanecían cerradas, se encontraron con dos guardias de seguridad que les impidieron la entrada y, en un determinado momento, apareció Manuel García Vicente. Éste, de acuerdo con la versión de Turro, le negó el acceso indicándole que para entrar debía firmar en una lista de asistentes, a lo que se negó. Todo ello derivó en una discusión en la que el empresario fue "repelido por los vigilantes de seguridad" y acabó dándose aviso a la Policía

Para la juez, José Pastor no cometió el delito leve de coacciones puesto que "en ningún momento estuvo presente en el altercado", que fue parcialmente grabado y cuyas imágenes obran en la causa. Él, tal como admitió, se encontraba en las instalaciones de Urbem, pero no en la puerta de acceso junto a los guardias de seguridad. De este modo, la magistrada no considera acreditado que diese la orden directa a Manuel García Vicent "para que impidiese la entrada a Carlos Turró si no firmaba en la lista de asistentes". De hecho, la prueba respecto a este hecho, recuerda la sentencia, ha sido "inexistente" porque el denunciando ni siquiera intentó citar en calidad de testigo a García para que declarara que actuó tras el mandato de Pastor. 

Avalancha de resoluciones que exigen "un estudio profundo"

La problemática entre los litigantes "no es otra", afirma la juez, que la "diferente interpretación que dos partes bien diferenciadas en el accionariado de la entidad Urbem mantienen en la materia relativa a la suscripción de las acciones llevadas a cabo". Y ello como consecuencia, recuerda, de las numerosas sentencias dictadas al respecto desde el año 2011. "Tal proliferación de resoluciones judiciales durante una década exigen un estudio profundo que determine quién es el administrador de la sociedad, qué juntas son o no válidas, cuál es el motivo de que algunas no tengan validez, quiénes son los socios y cuántas acciones tienen", reflexiona la magistrada. Pero ello, incide, "no puede dar lugar a juicios de carácter penal" como este, "en el que ni siquiera se intenta probar que fue el señor Pastor el que llevó a cabo o al menos ordenó la realización del acto ilícito que se enjuicia (impedir el acceso a la junta a las personas legitimadas)". 

Por todo ello, debido a que nada ha quedado acreditado y a que prevalece la presunción de inocencia, la magistrada absuelve a José Pastor del delito leve de coacciones. 

Otros pronunciamientos pendientes

No se trata del único pronunciamiento pendiente por hechos de este tipo. El juzgado de Instrucción número 11 de Valencia investiga una pelea entre ambas familias en la que tuvo que intervenir la policía un año después del altercado que resuelve la actual sentencia -septiembre de 2019-. 

La disputa se inició -tal como evidenciaban las grabaciones publicadas por Valencia Plaza- cuando Turró se personó en la sede de Urbem para recoger unos documentos en calidad de administrador único, cargo que no reconocen los Pastor y que es motivo de litigio en los tribunales. Acompañado por una decena de personas -dos notarios, dos guardias jurados, cuatro auditores y un abogado-, entró en las oficinas, tras lo cual Tina Pastor –hija de José Pastor–, trató echarlos con la ayuda de sus guardias jurados. 

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