VALÈNCIA (EP). La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) recomienda al Gobierno la activación de la cláusula de excepcionalidad recogida en la Ley de Estabilidad Presupuestaria para la suspensión del marco fiscal en 2020, pudiendo incurrir el Estado y las CC.AA. en déficit estructural, unido al inicio de los trabajos para elaborar un plan de reequilibrio de las cuentas públicas.
Así se desprende del Informe sobre la Actualización del Programa de Estabilidad 2020-2021, que prevé una caída del PIB de entre el 8,9% y el 11,7% este año en función de la duración de la pandemia, frente al 9,2% del Gobierno, y un déficit de entre el 10,9% y el 13,8%, frente al 10,34% del Ejecutivo, proyectando una recuperación más lenta.
El organismo realiza sus previsiones bajo dos escenarios: con el primero finaliza el confinamiento el 15 de mayo y se reanuda la actividad, mientras que en el segundo hay un rebrote en otoño y obliga a otro mes de confinamiento. Bajo esos supuestos, augura un déficit de entre el 10,9% y el 13,8% este año y de entre el 7,5% y el 9,4% el próximo, lo que situará la ratio de deuda pública sobre PIB entre el 115% y el 122% del PIB y entre el 117% y el 124% del PIB en cada caso.
La presidenta de la AIReF, Cristina Herrero, ha indicado durante la presentación del informe que la prioridad actual es dar respuesta a la crisis en el corto plazo y es necesario "sostener" las rentas afectadas por la crisis, especialmente a través de las prestaciones por desempleo o la relativa al cese de actividad de los autónomos.
Asimismo, la AIReF aboga por la aplicación de medidas haciendo uso del margen fiscal permitido en la normativa, si bien cree que no deben olvidarse los efectos en el medio plazo, por lo que subraya la necesidad de una estrategia fiscal de salida que garantice la sostenibilidad de las finanzas públicas en el medio y largo plazo.
Además, Herrero ha recordado que la UE ha activado la cláusula de excepcionalidad que deja en suspenso la aplicación del marco fiscal en 2020 "sin que por ello se pierda de vista las perspectivas de sostenibilidad", sino que se establece que mientras dure la situación excepcional se podrán las medidas "oportunas, selectivas y temporales".
A este respecto, ha recordado y recomendado la activación de la cláusula de excepcionalidad recogida en la Ley de Estabilidad Presupuestaria para la suspensión del marco fiscal y de forma pareja el inicio de los trabajos para elaborar un Plan de Reequilibrio.
La Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de 2012 establece que todas las administraciones públicas deben presentar equilibrio o superávit, sin que puedan incurrir en déficit estructural.
No obstante, el Estado y las comunidades autónomas podrán presentar déficit estructural en las situaciones excepcionales tasadas en la Ley: catástrofes naturales, recesión económica o situación de emergencia extraordinaria, situaciones que deberán ser apreciadas por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados.
En estos casos, deberá presentarse un plan de reequilibrio que permita volver al equilibrio, detallando las medidas adecuadas para hacer frente a las consecuencias presupuestarias derivadas de estas situaciones excepcionales.
La Autoridad Fiscal insta a la planificación adecuada de medidas permanentes e inclusión en el Plan de Reequilibrio y al seguimiento de medidas que generan pasivos contingentes, la inclusión en el Plan de Reequilibrio y remisión trimestral de información a AIReF.
Igualmente, reitera las recomendaciones incluidas en el aval del escenario macroeconómico, como son el envío a AIReF del escenario fiscal junto al cuadro macroeconómico y de un escenario inercial que permita un mejor análisis del impacto de las medidas, junto a la firma de un convenio para regular el intercambio de información.