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El juez dice que lo dicho es “una crítica política amparada por la libertad de expresión”

Archivada la denuncia de Vox contra Joan Ribó y Sandra Gómez por delito de odio y calumnias

13/12/2019 - 

VALÈNCIA El magistrado del Juzgado de Instrucción Número 15 de València, Vicente Ríos, ha archivado la denuncia presentada por José María Llanos, presidente de Voxy que está relacionada con los concejales de la formación, José Gosálbez y Vicente Montáñez, contra el alcalde de València, Joan Ribó, y contra la vicealcaldesa Sandra Gómez por delito de odio y calumnias. Llanos presentó la denuncia tras las declaraciones de Ribó y Gómez el Día Internacional Contra la Violencia de Género el pasado 25 de noviembre. Unas declaraciones que se realizaron después de que Vox se negara a acudir al acto.

Aseguraban desde Vox que su portavoz en el consistorio valenciano, José Gosálbez, expuso “claramente” que Vox, condenaba “enérgicamente la violencia que sufra la mujer” en su alocución de ese día. Pero que pese a ello, Ribó y Gómez hicieron “graves” declaraciones “en contra” del partido político Vox y de sus miembros, declaraciones y manifestaciones que “exceden, con mucho y ampliamente, la crítica política, el desencuentro político, la discusión propia del debate político..., pues imputa a Vox y a sus miembros actitudes, actos y responsabilidades por actuaciones delictuales que muy bien podrían constituir la comisión de delito de odio y calumnias”.

Sin embargo, el magistrado afirma en un auto de archivo, al que ha tenido acceso Valencia Plaza, que “los hechos denunciados no revisten los caracteres de delito alguno, aun cuando el denunciante entienda que se hayan cometido delitos de odio y de calumnias”. Vicente Ríos explica que lo dicho por los políticos progresistas “es una crítica política amparada por la libertad de expresión”. En su denuncia, Vox entregó diferentes publicaciones de medios valencianos, entre los que se encontraba este periódico, para acreditar los dicho por Gómez y Ribó.

A ese respecto, dice el juez que “en los artículos acompañados a la denuncia se recoge el posicionamiento de Vox, y el denunciante no hace referencia alguna a que no se recojan de manera adecuada, y veraz, las informaciones publicadas al respecto”. Las informaciones decían que Gosálbez y Montáñez, ante el acto oficial del 25-N, habían decidido no acudir, y habían convocado a los medios para dar sus motivos, “que dicho partido político rechaza la Ley de Violencia de Género, exigía la cadena perpetua, y pedía una ley de violencia intrafamilar”.

Es en ese momento que el magistrado le recuerda a los denunciantes, “que la sucesión de citas electorales habidas este año, permite tener como pública y notoria la posición de Vox en relación a la Ley de Violencia de Género, atendidas las manifestaciones de sus líderes en todos los ámbitos, y sus programas electorales en las diferentes convocatorias”.

Y frente a esas posiciones, “se sitúan otras que difieren desde el punto de vista político”. Señala el auto que las posiciones de PSPV y Compromís “son contrapuestas a las de Vox y recogen el sentir de amplios sectores del movimiento feminista en España”. Por tanto, a su juicio, “hablar de violencia de género, violencia machista, violencia doméstica o intrafamiliar, claramente presupone la previa adopción de una posición ideológica en relación a un tema con tanta relevancia como la violencia que sufre la mujer”.

Crítica política

Explica el magistrado instructor que en las manifestaciones realizadas por los denunciados, no se dice en ningún momento que Vox no condene la violencia que sufre la mujer. Lo que sí que se realiza es “una crítica, sin duda acerba, pero en cualquier caso política, acerca de la posición de los dos concejales de Vox” por no acudir al acto.

De las declaraciones de Sandra Gómez, asegura el juez que, ésta, “se limita a manifestar su intención de proponer una moción para reprobar ‘el negacionismo machista de Vox’, y que añade que negar el machismo es negar algo que ha asesinado a más de 1.000 mujeres en España, lamentando que la posición de Vox suponga una ruptura en el gran consenso político existente en esta cuestión durante años”.

Para Vicente Ríos, dicha crítica “no integra ni delito ni calumnia, ni delito de odio alguno, y no supone más que una crítica política, que se enmarca en el ámbito del desencuentro y la discusión propia de un debate político amparada por la libertad de expresión de la que constitucionalmente se goza”.

En cuanto a lo dicho por Joan Ribó, explica el auto que, igual que en el caso de Sandra Gómez, “nos hallamos ante una crítica claramente política, y amparada en el legítimo ejercicio del derecho de cualquier ciudadano a expresarse libremente, y de un responsable político, y en este caso municipal, a fijar su posición sobre un tema tan relevante, al igual que en el ejercicio de sus derechos lo hicieron los concejales de Vox”.

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