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Así regula València los patinetes eléctricos

20/09/2019 - 

VALÈNCIA. El Ayuntamiento de València aprobó en julio la ordenanza de Movilidad que regula por primera vez la circulación de patinetes eléctricos en la ciudad. Su nombre técnico es el de vehículos de movilidad personal (VMP) y a partir de este mes de septiembre la Policía Local de València empezará a multar por incumplir la nueva normativa y las sanciones oscilarán entre 200 y 3.000 euros según la gravedad de las infracciones.

Hay dos tipos de patinetes eléctricos: los de tipo A y los de tipo B. Los primeros son los más sencillos e incluyen varios tipos de 'hoveboards' y los patinetes eléctricos más simples. Como criterios de identificación, no superan los 20 km/h  ni los 25 kg de masa ni el metro de longitud. Son los que se encuentran en la imagen inferior.

Patinetes de tipo A. Foto: VP.

 Los de la tipología B son de mayor calibre. Estos alcanzan la velocidad de los 50 km/hm y tienen una masa más importante que los anteriores, con hasta 50 kg. En cuanto al tamaño, llegan a los casi dos metros de longitud.


¿Y cómo se regulan?

Sólo podrá subirse un usuario por vehículo, siempre mayor de 16 años. Los menores de 16 años podrán hacerlo acompañados y bajo la responsabilidad de sus tutores, y siempre en espacios cerrados al tráfico. Nunca se podrá circular con auriculares ni utilizando el teléfono móvil.

Para la clase A, el timbre y el casco son recomendables, pero no obligatorios, igual que el chaleco o las bandas reflectantes por la noche. Para la clase B, son obligatorios el timbre, las luces delanteras y traseras y catadióptricos. También se deberá usar casco. Los reflectantes son también recomendables en este caso por la noche.

Foto: VP.

¿Por dónde podrán circular y a qué velocidad?

Estará terminantemente prohibido su uso en las aceras. Todos los patinetes eléctricos deberán circular preferentemente en carriles bici -a 20 km/h si está en la calzada y a 15 si está en la acera-. En las zonas 30 y en las ciclocalles podrán ir por la calzada a 30 km/h, y en el resto de calles sólo en carriles señalizados a la misma velocidad.

En las calles residenciales podrán discurrir a no más de 20 km/h, y en las sendas ciclables -por los parques- a no más de 10 km/h. En las calles peatonales sólo podrán circular los patinetes de tipo A y a 10 km/h.

El espacio más conflictivo es el de las zonas donde patinetes eléctricos y peatones coexistan. Es decir, calles peatonales y residenciales. En estas los vehículos deberán adecuar su velocidad a la de los peatones y guardar una distancia mínima de un metro con peatones y fachadas. El conductor deberá bajar del vehículo si no puede respetar estas condiciones.

Algunas limitaciones tendrán los vehículos turísticos o de ocio. Los grupos de turistas que se desplacen en VMP - y en bicicleta- por la ciudad, no deberán exceder de 15 personas. Y al menos, los grupos deberán guardar una distancia mínima de 50 metros entre ellos.

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