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la sala notifica el mandamiento tras recibir la sentencia del supremo que ratificaba las penas

La Audiencia da hasta el 16 de noviembre para que los condenados de Emarsa entren en prisión 

30/10/2020 - 

VALÈNCIA. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha fijado el próximo 16 de noviembre como plazo límite para que once condenados por el conocido como caso Emarsa escojan centro penitenciario e ingresen voluntariamente en prisión. 

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha informado de que la Sala ha notificado personalmente este viernes los mandamientos a los condenados una vez recibida la sentencia del Tribunal Supremo que ratificaba la mayoría de las condenas. Concretamente, a Enrique Crespo, Esteban Cuesta, Juan José Morenilla, Ignacio Bernàcer, Enrique Arnal, Sebastián García Martínez, Jorge Ignacio Roca Samper, Vicente Ros, Enrique Sena, Juan Carlos Gimeno y Rafael Quiles.

La Audiencia de Valencia consideró probado el desvío de 23,5 millones de euros de dinero público de la empresa que gestionaba la depuradora de Pinedo. La Sala condenó a 24 acusados por los delitos de blanqueo de capitales, malversación de caudales públicos, cohecho, prevaricación y falsedad. Entre ellos, 12 años de cárcel para Esteban Cuesta, exgerente de la Empresa Metropolitana de Aguas Residuales (Emarsa); 10 años para Enrique Crespo, exvicepresidente de la Diputación de Valencia y expresidente de Emarsa; y 9 años para José Juan Morenilla, exgerente de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales (Epsar).

En la sentencia concluía que crearon un sistema para "adueñarse de los caudales públicos de los que disponían por los cargos que ocupaban". El cual consistió en suscribir contratos simulados con distintos proveedores con los que mantenían una relación de amistad o afinidad política. "En ocasiones, previa a la firma de este contrato, los acusados confeccionaron expedientes de contratación, igualmente mendaces, aparentando como si hubiesen dado publicidad al servicio ofertado y permitido la concurrencia de otros empresarios", explicó la Audiencia.

Con otros proveedores, remarcó la sentencia, los acusados "se limitaron a permitir la emisión de facturas a Emarsa, logrando el cobro de las mismas sin que dichos empresarios realizasen ninguna actividad para la empresa pública".

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