Los ayuntamientos recuperan la tramitación de las sanciones graves y muy graves. En el caso de la ciudad de València y con una estimación preliminar, podría revertir entre 10 y 12 millones de euros al año a partir de "un control efectivo sobre los infractores"
VALÈNCIA. Usted quizá no lo sabe, pero hasta hace unos días bailar en cualquier pub de la Comunitat Valenciana suponía una falta grave o muy grave para el establecimiento. Es solo un pequeño ejemplo del anquilosamiento legal en el que se encontraba la normativa, porque así funcionaba la anterior Ley de Espectáculos que fue modificada el pasado 16 de marzo y cuyas variaciones ya han acarreado que los grandes ayuntamientos de la región inicien el estudio e informes pertinentes para interpretar el nuevo marco legal. El de la capital fue seguramente el primero, pese a que la decisión llegó en plenas Fallas y sus consecuencias agitaron a los responsables técnicos de las áreas de control de cuestiones tales como las licencias de actividad o el ruido.
En el sector privado la satisfacción es generalizada. Tanto en aquellos operadores más próximos a las discotecas y grandes espacios de ocio o eventos como en los Bares Culturales, de cuyas problemáticas ha informado este diario desde el inicio de estas soluciones. De igual manera, las –ahora– Salas de Artes Escénicas se muestran exultantes con las soluciones planteadas a partir de las modificaciones en la Ley de Espectáculos. ¿Qué ha cambiado exactamente? ¿Cuáles serán sus consecuencias? La lectura preliminar por parte de los técnicos en seguridad de la Generalitat y los derivados de las citadas ordenanzas hablan de una "liberalización del sector del ocio" o "libertización encubierta". Y, repasando algunos de esos movimientos, la lectura no va desencaminada.
La normativa ha abierto la puerta a que se realicen actuaciones en directo en locales con ambientación musical. En general, en esa y en el resto de aportaciones, la ambigüedad del texto es notable. Pero desde los Bares Culturales de València, asociados desde hace meses para ejercer de lobby en esta causa, se celebra esa apertura de posibilidades y falta de concreciones. "Ahora son los ayuntamientos los que deben dar el paso y actualizar las distintas ordenanzas a partir de esta liberación", apunta uno de los asociados. Para que el público lo entienda, se podrán realizar conciertos acústicos o amplificados siempre que todo pase por una sola línea de sonido –y esta no supere los 90 decibelios– en cualquier local con ambientación musical. Y eso sin que deje de figurar como cafetería, por ejemplo, como actividad principal.
La música en directo, de manera oficial y extendida (antes también era legal, pero solo en seis fechas al año y previo permiso concedido de la Administración) saldrá más allá de las llamadas 'cajas negras'. Ese es el término con el que los Bares Culturales y los técnicos del Ayuntamiento de València se refieren a pubs, salas de concierto y discotecas con los altos estándares de ruido solventados. Eso sí, para los Bares Culturales la Ley actual propone una serie de líneas rojas infranqueables: la primera, la posesión de una OCA (Organismos de Certificación Administrativa) sobre sus condiciones para albergar el espectáculo; la segunda, no superar en ningún caso con el show las 22 horas; la tercera, no tener la menor queja vecinal derivada.
En un ejemplo de lo más prosaico, como ya se advierten unos a otros ante esta nueva realidad, una batería de pop o rock tocada de manera estándar suena a unos 105 decibelios. Por ese motivo, de cara a los vecinos, será muy poco probable que los conciertos incluidos cuenten con percusión salvo que esta se someta al margen de los 90db o sea electrónica y pase a través de una única línea de salida. Sea como fuere, para estos y otros espectáculos de música en directo, los menores ya podrán acceder siempre que la sala cuente con las garantías pertinentes. Además, los menores de 14 años también lo podrán hacer si están acompañados de sus padres.
Como algunos propietarios apuntan, como Juan Carlos Garés, de Sala Russafa, "se abre la Ley al sentido común". El caso de esta sala es uno de tantos que durante años denunciaron la alegalidad en la que se encontraban los teatros. Para la Generalitat, hasta el pasado 16 de marzo, un teatro era aquel capaz de tener un telón de una gran altura que ejerciera de cortafuegos, además de otras tantas exigencias técnicas y espaciales solo propias en espacios como el Olympia o el Principal (de hecho, solo en estos dos dentro de la ciudad de València). Ahora se han creado las especificaciones legales de Sala de Artes Escénicas y Sala Sociocultural.
Otro propietario va más allá en estas nuevas realidades: "lo más importante, quizá la victoria más relevante por parte de estas empresas, es que se ha sacado de la Ley la idea de que las empresas que tenían que operar en esas salas tenían que ser sin ánimo de lucro". Los empresarios advirtieron que se estaba generando una economía nociva a partir de la cual empresas se constituían como asociaciones para poder encajar en el marco legal. Seguramente derivada de esta realidad más o menos extendida, las nuevas salas pueden estar regidas por compañías de distinta significación legal. "Es un logro porque si se hubiera aprobado así, parecía que se demonizaba la rentabilidad de los gestores culturales", apunta el mismo empresario teatral.
Más distancia parecen tener todo tipo de propietarios con las OCAs. La Ley da alas a este tipo de sustitución de la acción funcionarial. Dado que los técnicos, o bien no dan a basto o bien son "muy reticentes a firmar este tipo de permisos", según un propietario de varios locales de ocio en la ciudad, la nueva legislación autonómica da rienda suelta a que estos organismos privados validen a los locales. Empresarias y empresarios se dividen en este sentido en tres posiciones: la favorable, "porque supone cubrirse las espaldas, tener una solución y evitar el colapso de la Administración"; la escéptica, que entiende que "es una solución para el corto plazo, pero no solventa que a futuro sufras una inspección y algo no esté en regla"; la negativa: "creamos un doble filtro y, además, punteamos la función pública que si no está para tomar este tipo de decisiones empieza a cuestionarse sobre cuál es su operatividad".
Es cierto que las ordenanzas del ruido en toda España generar un efecto de rechazo por parte de los técnicos encargados. "Los técnicos en este sentido son absolutamente inflexibles. El local debe estar en unas condiciones que es imposible que existan dentro de la propia ciudad", apunta un empresario de las artes escénicas que recuerda que, con la ordenanza de ruido de València en la mano, "es imposible que ningún teatro abra en toda la trama urbana.. salvo que se vaya a un polígono". Ante esta situación, dada la modificación de la Ley, parece abrirse un nuevo tiempo para que las OCAs sustituyan en gran medida a las inspecciones previas a licencia. La declaración de responsabilidad civil encuentra así su siguiente documento aliado y, según el caso y la ciudad, veremos hasta qué punto estas licencias por la vía privada sustituyen a los técnicos públicos.
En los macrofestivales de música, tanto o más peliagudos para la firma de un funcionario público, las OCAs se convirtieron en un estándar del salvoconducto legal hace años.
La Ley dejará que los ayuntamientos decidan hasta qué punto modifican las ordenanzas que giran en torno a las actividades de ocio. No obstante, los empresarios de discotecas y espacios de altos estándares de ruido y seguridad, han sumado algunas victorias en esta suerte de café para todos: por ejemplo, los pubs ya no necesitarán tener 14 metros de diámetro para validar el concepto 'pista de baile'. Y así, como se apuntaba al inicio del artículo, podrán ofrecer más oferta de ocio nocturno en locales que hasta ahora estaban reservados a un ambiente –siempre desde la legalidad– menos activo.
Desde este grupo de empresarios, algunos aglutinados en la Federación de Empresarial de Hostelería de València y otros en Fotur, se deja entender que "no hay demasiado negativo en la ley porque todavía no se ha desarollado. Estamos atentos al futuro desarrollo de sus artículos y modificaciones. También a la reacción de los ayuntamientos en cuanto a la participación de los llamados Bares Culturales".
Pero en esta suerte de beneficio múltiple también hay café para los ayuntamientos. Pese a que a muchos de los consistorios les ha cogido por sorpresa la aprobación –o más bien celebrando las Fallas–, la primera lectura es "la recuperación de la tramitación de las sanciones graves y muy graves". Los locales hasta la fecha rendían cuentas de estas faltas ante la Generalitat, pero, por ejemplo, como apuntaba el Ayuntamiento de València desde el inicio de la legislatura, la Generalitat apenas controlaba a esos locales. En el caso de la capital de la Comunitat y tal y como ha podido saber este diario a partir de sus principales responsables, "una primera estimación habla de un ingreso de entre 10 y 12 millones de euros anuales si se cobrasen todas esas sanciones".
En gran medida, el Ayuntamiento quiere tomar el control de unas sanciones que no le estaba permitido gestionar, pero que sí le creaban conflictos vecinales y gestión de los mismos a través de la Policía Local. Ahora, la Ley parece resolver todo sobre el ayuntamiento de turno que también tendrá su vis recaudatoria.
Es solo una de las nuevas vías que abre esta normativa Autonómica. Con un sector del ocio especialmente musculado y unas industrias culturales muy pendientes de los marcos legales en los que operar, el desarrollo y modificación de ordenanzas se convierte en la siguiente pantalla de este paso esperado por muchos. La definición del mismo generará algunas convulsiones todavía, pero para buena parte de esos locales de muy distinta índole, el ámbito operativo ha pasado a aclararse dentro de la presente legislatura.