VALÈNCIA (EP).El representante en funciones de la Generalitat en el consejo de administración de la Autoridad Portuaria de Valencia (APV), Iván Castañón (Compromís), ha desistido del recurso contencioso-administrativo que presentó contra el acuerdo del organismo por el que se aprobó el proyecto constructivo de la terminal de contenedores del Puerto de València, ya que dejará de ocupar el cargo de vocal.
Así consta en un escrito de desestimiento, al que ha tenido acceso Europa Press, dirigido a la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
El desestimiento se presenta como "consecuencia de la dimisión inmediata del mandante como vocal del Consell d'Administració de l'Autoritat Portuaria como representante de la Generalitat Valenciana mediante acuerdo del Consell del 17 de enero de 2019".
En el escrito, la procuradora señala que el desistimiento se deberá acordar "sin que deba implicar necesariamente la condena en costas (Art. 74.6 LJCA), y más teniendo en cuenta que por parte de la demandada no se ha realizado ninguna actuación procesal más allá de que se le tenga por personada como consecuencia de la aportación del expediente administrativo".
Con ello, se solicita al Tribunal que dicte decreto declarando terminado el procedimiento, ordene el archivo de los autos y la devolución del expediente administrativo a la oficina de su procedencia.
El Tribunal, en una diligencia de ordenación, dio traslado de la Autoridad Portuaria de Valencia el 13 de julio y un plazo de cinco días para alegar. Según han explicado a Europa Press fuentes de la APV, la autoridad portuaria no ha trasladado ninguna alegación al respecto al no tener nada que objetar.
El también secretario autonómico de la Vicepresidencia primera presentó el pasado enero un recurso de reposición contra el acuerdo del consejo de gobierno de Valenciaport que en diciembre dio luz verde al proyecto constructivo del muelle de contenedores de la ampliación norte del Puerto.
En su recurso, consultado por Europa Press, argumentaba que el proyecto adolece de una serie de carencias que suponen su nulidad de pleno derecho. Castañón, que también pedía la suspensión cautelar del acuerdo impugnado, basaba su recurso en que la declaración de impacto ambiental (DIA) favorable a la ampliación norte fue formulada en 2007 y en que la primera fase de las obras concluyó en 2012.
El secretario autonómico defendía que los "cambios sustanciales" entre el proyecto informado mediante DIA y el vigente acuerdo ya publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) requieren contar con una nueva DIA, ya que de lo contrario "estamos ante una nulidad de pleno derecho de la decisión adoptada".