GRUPO PLAZA

El consell les obliga por ley a tener al menos un operario

Competencia insta a la Comunitat a eliminar el veto a las gasolineras sin empleados

26/08/2016 - 

VALENCIA. Las gasolineras autoservicio ni son menos seguras ni destruyen empleo. Ésta es la principal conclusión de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en un informe sobre estaciones de servicio sin empleados. En el mismo, el organismo alerta que restricciones como las que este año ha establecido la Comunitat Valenciana al obligar por ley a estos establecimientos a disponer de al menos un empleado "cercenan la libertad de empresa" de forma "innecesaria o desproporcionada" y contraria al interés general porque no favorece la competencia y, por tanto, la posibilidad de menores precios.

A juicio del organismo, la extensión de este modelo de estaciones de servicio sin personal o low cost "aumenta la competencia efectiva en el mercado y presiona a la baja los precios de los carburantes", por lo que insta a eliminar las restricciones. "En ocasiones, una protección mal entendida de los derechos e intereses del consumidor y usuario puede, en la práctica, perjudicar a los consumidores, en términos de una menor oferta o de precios ineficientes", sostiene Competencia.

Además de la Comunitat, que desde enero obliga a tener al menos a un empleado atendiendo el negocio, las comunidades de Madrid, Navarra, Asturias, Baleares, Andalucía, Castilla-La Mancha, Aragón y Murcia ya han establecido restricciones similares o están en vías de hacerlo. La obligación de contar con la presencia física de una persona supone una barrera de entrada al negocio, según considera el organismo presidido por José María Marín Quemada.

En el caso concreto de la Comunitat, el nuevo Consell modificó la normativa de 2011 con una disposición adicional para "garantizar los derechos" de los consumidores de especial protección (discapacitados y personas mayores) en todas las estaciones de servicio. Para ello, obliga a que todas las gasolineras tengan a un operario mientras permanezcan abiertas y en servicio en horario diurno. Esta medida, en opinión de Competencia, "encarece los costes y necesariamente no garantiza un mayor nivel de seguridad".

La CNMC argumenta que las estaciones de servicio desatendidas han sido durante años "un formato habitual en numerosos mercados de la Unión Europea" sin generar mayores riesgos para los usuarios. Al contrario, sostiene que han reportado beneficios para los consumidores en "mayor variedad, innovación y, especialmente, menores precios". En el caso español, cita el ejemplo de las cooperativas agrarias que durante décadas han operado numerosos puntos de suministro de carburantes "sin incidentes destacables y sin la carga que representaría contar obligatoriamente con una persona física en el terreno".

Competencia destaca que en ocasiones se vincula la discriminación entre formatos con el mantenimiento del empleo, la seguridad de la instalación o la protección de los consumidores, cuando, por el contrario, insiste en que la imposición de contar físicamente con una persona destaca "como especialmente injustificada y no se corresponden con la evidencia disponible en la Unión Europea y en España". 

Eliminar todas las normas

Por ello, la CNMC propone adoptar una serie de medidas que aumenten la competencia en el sector en beneficio de los consumidores e insta a eliminar "toda disposición normativa, en proceso o en vigor, que prohíba o discrimine, de forma directa o indirecta, las gasolineras desatendidas".

El organismo también ve necesario evitar la restricción cuantitativa que limita la capacidad de las cooperativas agrarias para servir carburantes a consumidores no socios, ya que limita innecesariamente su capacidad de competir voluntariamente en el servicio de distribución minorista de carburantes de automoción.

A este respecto, pide asegurar que la normativa de prestación del servicio aplicable a las cooperativas, sin restricciones, se aplique de forma no discriminatoria y a todo tipo de gasolineras desatendidas o automáticas.

Además, la CNMC considera necesario "evitar cualquier disposición, presente o futura, que restrinja el desarrollo del mercado minorista de suministro de carburantes de automoción a través de estaciones de servicio o limite la competencia efectiva en este mercado". En particular, cree necesario evitar toda disposición que dificulte la aparición de nuevos formatos de estaciones de servicio, por ejemplo en aparcamientos de supermercados, talleres de vehículos o comunidades de vecinos con instalaciones aptas para el almacenamiento de carburantes.

El Consell argumenta que prima el "equilibrio"

El director general de Comercio y Consumo de la Generalitat, Natxo Costa, recuerda que la nueva regulación de este tipo de establecimientos se aprobó en Les Corts "por unanimidad" y así se está haciendo en las regiones que han adoptado medidas similares. Para Costa, "se trata de buscar el equilibrio entre la defensa de los consumidores y que las empresas actúen dentro de la lógica de la economía del bien común".

Para Costa, la atención al consumidor por parte del prestador del servicio es una máxima que ha de prevalecer. "Evidentemente el precio interesa a los consumidores, pero siempre que la atención sea adecuada", subraya el dirigente.

Noticias relacionadas

next

Conecta con nosotros

Valencia Plaza, desde cualquier medio

Suscríbete al boletín VP

Todos los días a primera hora en tu email


Quiero suscribirme

Acceso accionistas

 


Accionistas