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Sentencia de un juzgado de valencia

Condenado a indemnizar a un fotógrafo por tuitear una noticia con una foto ajena

7/11/2016 - 

VALENCIA. Una jueza de Valencia ha condenado a un usuario de Twitter a indemnizar a un fotógrafo por publicar en esta red social un tuit de una noticia que incluía una imagen propiedad de este profesional "sin su conocimiento" y "sin reconocer la autoría de la fotografía", es decir, sin firmarla.

El fallo de la magistrada Montserrat Molina, juez de adscripción territorial (JAT) del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia, contra el que no cabe recurso, abre una vía de reclamación para los fotógrafos profesionales casi infinita, puesto que muchos de los miles de millones de de tuits que se publican y se retuitean cada día son enlaces a páginas web ajenas y se lanzan con imágenes que no van firmadas.

La sentencia considera que "los hechos, al margen de las consideraciones personales del demandado sobre la procedencia o los límites de protección de los derechos de autor a través de las redes sociales, suponen una clara infracción de los derechos de propiedad intelectual que asisten al actor, como titular de los derechos de autor de la obra reproducida y distribuida sin su consentimiento".

Los hechos

Los hechos ocurrieron así: El periodista Vicent Molins, colaborador de Valencia Plaza, pidió a doce personas del mundo de la cultura y el diseño que escogieran "su postal favorita de Valencia" y la comentasen, con el fin de elaborar un reportaje

Una de las fotografías que enviaron los participantes en el reportaje fue capturada de internet, donde estaba y continúa estando la imagen indexada por Google sin firma, como el demandado probó ante la magistrada. Era una imagen de Valencia nevada en los años cincuenta del pasado siglo de la que Penalba tiene los derechos heredados del autor, su padre. Según el fallo, "las dificultades para encontrar la autoría no pueden ser una excusa" para dejar de identificar al autor. 

Tras publicarse el reportaje y lanzar el autor el tuit que lo promocionaba, el fotógrafo José Penalba envió un requerimiento al periódico y a Molins instando, respectivamente, a la retirada de la fotografía y del tuit lanzado por el periodista que enlazaba al reportaje, tuit que contenía cuatro imágenes, una de ellas la foto en cuestión. En ambos casos, la foto y el tuit fueron eliminados de inmediato.

Semanas después de la publicación y posterior eliminación, Penalba presentó una demanda contra Valencia Plaza reclamando una indemnización, que le fue reconocida y pagada por el periódico sin necesidad de llegar a juicio.

Demanda por un tuit

La sorpresa llegó cuando el fotógrafo demandó también al periodista por haber lanzado un tuit desde el botón de Twitter de la noticia, tuit en el que mediante la herramienta Buffer incluyó cuatro de las imágenes del reportaje, entre ellas la de Penalba.

Según alegó el demandado en lo que la magistrada llama "consideraciones personales" que han sido dejadas "al margen", Twitter es una red social en la que millones de personas intercambian extractos de textos, viñetas, artículos de periódicos y fotografías ajenas en las que no consta la firma del autor porque llevan incorporado un enlace a la página web original. De hecho, en prácticamente todos los medios de comunicación existe un botón de Twitter que permite lanzar esos tuits automáticamente y herramientas como Buffer que facilitan que se añada más de una imagen.

En el caso juzgado, el reportaje original no identificaba al autor de la fotografía -el colaborador que la envió la desconocía-, pero esa circunstancia quedó reparada con la indemnización que pagó el periódico al propietario de los derechos. 

La jueza entiende que la mera publicación de la imagen por Twitter, aunque sea una imagen que remite a un periódico digital que sí ha pagado por esa fotografía -vía reclamación-, supuso una nueva vulneración de los derechos de propiedad intelectual. Así, al considerar el tuit un nuevo acto de utilización y difusión de la fotografía, cualquier persona que hubiese tuiteado el reportaje, incluso las 39 que retuitearon el tuit de Molins antes de ser borrado, podrían haber sido demandadas.

Daños morales

En cuanto a la indemnización, José Penalba reclamó 1.730 euros, desglosados en 730 euros por la remuneración que habría recibido de haber autorizado la explotación -el doble de su tarifa, al entender que hubo "transformación" de la imagen además de "reproducción"- y 1.000 por daños morales, por el no reconocimiento de la autoría.

La sentencia fija la indemnización en 465 euros, 365 por la "reproducción y comunicación pública inconsentida a través del perfil público de Twitter" y 100 euros por "daños morales", cuantía que se considera "apropiada" atendiendo a que la imagen se puede localizar en internet sin firma y a que el demandado no se arrogó la autoría y procedió a eliminarla en cuanto le fue solicitado.

Sobre las costas judiciales, ante la estimación parcial de la demanda, la magistrada Montserrat Molina establece que cada parte abone las suyas y las comunes por mitad.

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