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El Consell celebra la admisión a trámite del recurso contra la amnistía: "Es un revés para el separatismo catalán"

18/12/2024 - 

VALÈNCIA (EP). El Consell ha celebrado la admisión a trámite por parte del Tribunal Constitucional (TC) de los recursos presentados por las comunidades autónomas gobernadas por el PP y el Gobierno socialista de Emiliano García-Page en Castilla-La Mancha contra la ley de amnistía, y ha argumentado que esta decisión supone "la legitimación de la defensa de los intereses históricos, económicos y sociales de la Comunitat Valenciana".

Además, el Gobierno valenciano considera que se trata de una "buena noticia para el sistema democrático español" y para garantizar "la seguridad jurídica y los derechos de todos los españoles", al tiempo que constituye "un revés para las pretensiones nacionalistas del separatismo catalán, que vulneran el principio de igualdad ante la ley de todos los españoles por el injusto trato de favor que se otorga a las personas beneficiadas por la amnistía".

De esta manera lo expresa Presidencia de la Generalitat, en un comunicado, después de que este martes el TC admitiera a trámite los recursos presentados por las comunidades autónomas gobernadas por el PP y el Gobierno socialista de Emiliano García-Page en Castilla-La Mancha, así como las tres cuestiones formuladas por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), contra la ley de amnistía.

En concreto, el pleno examinó la admisibilidad de los recursos de inconstitucionalidad presentados por los gobiernos de Aragón, Madrid, Galicia, Andalucía, la Comunitat Valenciana, Extremadura, La Rioja, Islas Baleares, Castilla y León y Castilla-La Mancha, y por los gobiernos y parlamentos de Cantabria y Murcia.

La Generalitat Valenciana ha valorado "muy positivamente" la admisión a trámite de este recurso y ha celebrado que se trata de una "buena noticia para el sistema democrático español" porque supone también "la legitimación de la defensa de los intereses históricos, económicos y sociales de la Comunitat Valenciana".

Ahora, el Gobierno valenciano confía en que "prevalezcan los principios recogidos en la Constitución Española y en el Estatut d'Autonomia" porque, según argumenta, son "los únicos que garantizan el interés común y no responden a los objetivos políticos oportunistas que inspiran la ley de amnistía".

La amnistía "no tiene cabida"

El recurso de inconstitucionalidad presentado por el Consell se fundamenta en que la ley de amnistía "no tiene cabida en nuestro ordenamiento jurídico", dado que esta figura "no solo no se recoge en la Constitución, sino que las enmiendas con las que se pretendió expresamente la inclusión de la amnistía en el texto constitucional fueron rechazadas".

En concreto, el Consell argumenta que la ley de amnistía "infringe lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 9 de la Constitución, vulnerando las previsiones que conciben España como un Estado social y democrático de derecho, con unos valores superiores que inspiran su ordenamiento jurídico, como son la justicia y la igualdad".

También considera que atenta contra "la indisoluble unidad de la Nación española y contra el principio constitucional de autonomía, vulnera previsiones esenciales que establecen la sujeción de todos los ciudadanos y poderes públicos en la Constitución y al ordenamiento jurídico, queda lejos de promover la igualdad y obvia los principios de legalidad, seguridad jurídica, responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad".

Para la Generalitat, "otra de las infracciones" del texto normativo se da por "el trato desigual que dispensa a quienes beneficia" y por "la discriminación injustificada y arbitraria que introduce respecto al resto de los ciudadanos". Así, señala que infringe "el derecho a la igualdad, consagrado en el artículo 14 de la Constitución, y lo dispuesto en su artículo 139.1", puesto que propicia "un trato discriminatorio, contrario a la igualdad de derechos y obligaciones de todos los españoles".

Del mismo modo, el Gobierno valenciano considera que la amnistía "contraviene lo dispuesto en los artículos 117.1 y 118 porque, sin el mantenimiento de ninguna previsión constitucional concreta, altera el sistema de separación de poderes que inspira nuestra Constitución y sobre el que se fundamenta el Estado de Derecho, se opone al normal ejercicio de la potestad jurisdiccional y propicia que sentencias y resoluciones judiciales tengan que ser consideradas nulas, quedando sin efectos y sin ejecutar, con el que graves hechos delictivos o constitutivos de otro tipo de infracción quedan sin sanción".

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