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Consuelo Císcar reconoce que malversó en el IVAM y acepta un año y medio de cárcel

7/08/2021 - 

VALÈNCIA. (EP) La exdirectora del Institut Valencià d'Art Modern (IVAM), Consuelo Ciscar, ha reconocido que malversó fondos del museo para favorecer la carrera de su hijo artista, Rafael Blasco (conocido como 'Rablaci'), así como el delito de prevaricación administrativa, y ha aceptado la condena de un año y medio de prisión y dos años y medio de inhabilitación para empleo o cargo público, si bien la pena de prisión queda suspendida.

También han reconocido los hechos el exdirector económico administrativo, Juan Carlos Lledó, que ha aceptado un año de cárcel, y el empresario Enrique B. Martínez Murillo, que ha aceptado un año de prisión por malversación y dos meses y quince días de prisión por un delito de falsedad en documento mercantil.

Así figura en el escrito de acusación al que se han adherido todas las partes, las acusaciones de Fiscalía y la Abogacía de la Generalitat, y las defensas de los tres acusados Consuelo ciscar (el abogado Juan Molpeceres), Juan Carlos Lledó (Paco de Antonio) y Enrique Martínez (Juan Carlos Navarro).

El auto de la sección cuarta de la Audiencia de València, avanzado por eldiario.es, suspende la pena de prisión de Císcar y lo condiciona a que no delinca en el plazo de dos años y a que abone la cantidad impuesta en concepto de responsabilidad civil pendiente, 75.000 euros de manera conjunta con los otros dos condenados.

Considera probado que Císcar organizó exposiciones de su hijo en distintos países, coincidiendo con las que ella proyectaba en el IVAM, "a fin de costear, en algunos casos, su asistencia a las inauguraciones de las muestras de su hijo con fondos públicos del museo", una práctica pactada con Lledó y el empresario que organizaba las exposiciones, y señala que entre 2008 y 2014 Císcar dispuso "en beneficio propio" de los medios materiales y personales del museo público para "promocionar la carrera artística de su hijo". En cambio, Rafael Blasco Císcar "siempre se mantuvo al margen de todas las decisiones que su madre iba tomando respecto a su carrera".

Tal y como se señala el escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, los acusados han reconocido su participación en los hechos con anterioridad y que han consigado 18.974 euros de fondos públicos que fueron desviados a fines particulares, con el compromiso de abonar el resto en el plazo de 20 meses.

En concreto, Consuelo Císcar se considera autora del delito continuado de prevaricación administrativa y del delito continuado de malversación de caudales públicos. Por el delito continuado de prevaricación administrativa, Císcar acepta la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 2 años y 6 meses. Por el delito continuado de malversación de caudales públicos, se impone un año y seis meses de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 2 años y 6 meses.

Por su parte, Juan Carlos Lledó Rosa es cooperador necesario del delito continuado de prevaricación administrativa y del delito continuado de malversación de caudales públicos. Por el delito continuado de prevaricación administrativa, se establece la pena de
inhabilitación especial para empleo o cargo público por 1 año y medio. Por el delito de malversación de caudales públicos, se impone la pena de 1 año de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 1 año y 6 meses.

Asimismo, el empresario Enrique B. Martínez Murillo es cooperador necesario del delito continuado de malversación de caudales públicos y de falsedad en documento mercantil. Por la malversación, se acuerda la pena de un año de prisión e inhabilitación de 1 año y 6 meses. Por el delito de falsedad, se fija la pena de dos meses y quince días de prisión, con accesoria legal y dos meses de multa con cuota diaria de 20 euros. La pena de dos meses y quince días de prisión se sustituye por cinco meses de multa con cuota diaria de 20 euros.

Asimismo, deberán indemnizar, conjunta y solidariamente, al IVAM en 50.000€ por los fondos públicos desviados y 25.000 euros por el daño objetivo causado en la reputación de la entidad pública como consecuencia de la continua publicación de los hechos en los medios de comunicación social.

Dicha cantidad devengará el interés legal correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el art. 576 LEC. Los acusados deben abonar también las costas.

Se trata de la pieza principal del caso IVAM y existe una segunda pieza de este procedimiento en la que se ha investigado un presunto fraude millonario con la adquisición de reproducciones de obras del escultor fallecido Gerardo Rueda.

Durante toda la instrucción, Consuelo Císcar sostuvo que no utilizó los recursos del centro de arte para promocionar la carrera de su hijo porque tanto la trayectoria en el mundo del arte de 'Rablaci' como la suya propia eran "excelentes".

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